Plan de calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA). Calidad en el sistema sanitario: métodos de evaluación. El modelo andaluz de acreditación y calidad. La Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía.
Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía — TÍTULO II: De los ciudadanos
De los ciudadanos
Derechos de los ciudadanos
Artículo 6.
1. Los ciudadanos, al amparo de esta Ley, son titulares y disfrutan, con respecto a los servicios sanitarios públicos en Andalucía, de los siguientes derechos:
a) A las prestaciones y servicios de salud individual y colectiva, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.
b) Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que puedan ser discriminados por razón alguna.
c) A la información sobre los factores, situaciones y causas de riesgo para la salud individual y colectiva.
d) A la información sobre los servicios y prestaciones sanitarios a que pueden acceder y sobre los requisitos necesarios para su uso.
e) A disponer de información sobre el coste económico de las prestaciones y servicios recibidos.
f) A la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso y su estancia en cualquier centro sanitario.
g) A ser advertidos de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y tratamiento que se les apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación que, en ningún caso, podrá comportar peligro adicional para su salud.
En todo caso, será imprescindible la previa autorización y por escrito del paciente y la aceptación por parte del médico y de la dirección del correspondiente centro sanitario.
h) A que se le dé información adecuada y comprensible sobre su proceso, incluyendo el diagnóstico, el pronóstico, así como los riesgos, beneficios y alternativas de tratamiento.
i) A que se les extienda certificado acreditativo de su estado de salud, cuando así lo soliciten.
j) A que quede constancia por escrito o en soporte técnico adecuado de todo su proceso. Al finalizar la estancia en una institución sanitaria, el paciente, familiar o persona a él allegada recibirá su informe de alta.
k) Al acceso a su historial clínico.
Sigue leyendo el tema completo
Este tema tiene 30.142 caracteres de texto legal. Con tu cuenta lo lees entero, haces tests y ves cuánto llevas cubierto de cada oposición.
Crear mi cuenta gratis