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Tema 28 · Cuerpo de Administrativos de la Comunidad de Madrid

Las situaciones administrativas de los funcionarios. Características principales y efectos. Régimen de incompatibilidades de los empleados públicos. Responsabilidad y régimen disciplinario.

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CAPÍTULO VI: Situaciones administrativas de los funcionarios

FP Comunidad de Madrid · 12 artículos

CAPÍTULO X: De los deberes, de las incompatibilidades y de las responsabilidades de los funcionarios

FP Comunidad de Madrid · 4 artículos

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CAPÍTULO X1: Del régimen disciplinario de los funcionarios

FP Comunidad de Madrid · 6 artículos

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TÍTULO VI: Situaciones administrativas

Estatuto Básico del Empleado Público · 8 artículos

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TÍTULO VII: Régimen disciplinario

Estatuto Básico del Empleado Público · 6 artículos

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Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas

Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas · 20 artículos

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Disposiciones

Ley 53/1984 de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas · 22 artículos

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CAPÍTULO VI: Situaciones administrativas de los funcionarios

Artículo 58.

Sin perjuicio de la aplicación de las normas dictadas por el Estado al amparo del artículo 149.1.18.a de la Constitución Española, los funcionarios de la Administración de la Comunidad de Madrid pueden hallarse en alguna de las situaciones siguientes:

a) Servicio activo.

b) Excedencia voluntaria:

– Por incompatibilidad.

– Por interés particular.

– Por agrupación familiar.

c) Excedencia por cuidado de familiares.

d) Excedencia forzosa.

e) Servicios en otras Administraciones Públicas.

f) Servicios especiales.

g) Suspensión.

Se modifica por el art. 11.8 de la Ley 2/2004, de 31 de mayo de 2004. Ref. BOE-A-2004-12575 .

Artículo 58 bis.

1. Los funcionarios se hallan en la situación de servicio activo:

a) Cuando desempeñen un puesto correspondiente a la relación de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid al que se encuentren adscritos con carácter definitivo.

b) Cuando desempeñen un puesto correspondiente a la relación de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid al que se encuentren adscritos con carácter provisional o en comisión de servicios.

c) Cuando queden a disposición del órgano competente en el caso de funcionarios removidos del puesto de trabajo obtenido por concurso de méritos, consecuencia de una falta de capacidad para su desempeño, cesados en un puesto de trabajo obtenido por libre designación y los que cesen en el desempeño de puesto de trabajo por alteración sustancial del contenido o supresión del mismo en la correspondiente relación de puestos de trabajo.

d) Durante el plazo posesorio, cuando cesen en un puesto de trabajo por haber obtenido otro mediante procedimientos de provisión de puestos de trabajo.

e) Cuando presten servicios en la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en las Cortes Generales de conformidad con lo dispuesto en el Estatuto del Personal de las mismas o en el Tribunal de Cuentas y no les corresponda quedar en otra situación.

f) Cuando presten servicios en puestos de trabajo de niveles incluidos en el intervalo correspondiente a su Cuerpo y Escala en los Gabinetes de la Presidencia del Gobierno, de los Ministros o de los Secretarios de Estado, y opten por permanecer en esta situación. Asimismo, cuando presten servicios en puestos de niveles comprendidos en el intervalo correspondiente al grupo en el que figure clasificado su Cuerpo o Escala en Gabinetes del Delegado del Gobierno o del Subdelegado del Gobierno en la provincia.

g) Cuando presten servicios en puestos de trabajo catalogados como de personal eventual adscritos a la Presidencia de la Comunidad de Madrid o a las Consejerías, que tengan asignados niveles de complemento de destino incluidos en el intervalo de niveles correspondiente al Grupo en el que figure clasificado su Cuerpo o Escala y opten por permanecer en esta situación.

h) En todos aquellos casos en los que así lo establezca una norma con rango de ley.

2. El disfrute de licencias, vacaciones o permisos reglamentarios no altera la situación de servicio activo.

3. Los funcionarios en situación de servicio activo ostentan todos los derechos, prerrogativas, deberes y responsabilidades inherentes a su condición.

Se añade por el art. 11.8 de la Ley 2/2004, de 31 de mayo de 2004. Ref. BOE-A-2004-12575 .

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el artículo 60, la excedencia forzosa se produce cuando el funcionario declarado en situación de suspensión firme que no tenga reservado puesto de trabajo solicite el reingreso y:

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 59, para solicitar la excedencia voluntaria por interés particular se requiere haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas durante:

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el artículo 59 bis, el período de excedencia para el cuidado de un familiar que no pueda valerse por sí mismo tendrá una duración no superior a:

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 60, el funcionario en situación de excedencia forzosa:

  5. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 59 bis, el funcionario tendrá derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, a contar desde:

De dónde sale este tema
  • FP Comunidad de Madrid

    Título IV: De los funcionarios de la Comunidad — Capítulo VI: Situaciones administrativas de los funcionarios · Título IV: De los funcionarios de la Comunidad — Capítulo X: De los deberes, de las incompatibilidades y de las responsabilidades de los funcionarios · Título IV: De los funcionarios de la Comunidad — Capítulo X1: Del régimen disciplinario de los funcionarios

    22 artículos (del 58 al 86)
  • Estatuto Básico del Empleado Público

    Título VI: Situaciones administrativas · Título VII: Régimen disciplinario

    14 artículos (del 85 al 98)
  • Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas

    Jefatura del EstadoBOE-A-1985-151Actualizado a 8 de junio de 202420 artículos (del 1 al 20)

    Cubre: Capítulo I. Principios generales · Capítulo II. Ámbito de aplicación · Capítulo III. Actividades públicas · Capítulo IV. Actividades privadas · Capítulo V. Disposiciones comunes

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