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Tema 12 · Cuerpo General Auxiliar de Cantabria

La Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título preliminar, Objeto de la Ley; Título I, El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. La Ley orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Título preliminar. Especial referencia a la normativa de la Comunidad Autónoma de Cantabria en estas materias.

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TÍTULO PRELIMINAR:

LO 1/2004 de Violencia de Género · 2 artículos

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 2 artículos

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TÍTULO I · El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 11 artículos

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TÍTULO II · Políticas públicas para la igualdad

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 22 artículos

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TÍTULO III · Igualdad y medios de comunicación

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 6 artículos

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TÍTULO IV · El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 9 artículos

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TÍTULO V · El principio de igualdad en el empleo público

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 18 artículos

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TÍTULO VI · Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios y su suministro

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 4 artículos

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TÍTULO VII · La igualdad en la responsabilidad social de las empresas

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 3 artículos

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TÍTULO VIII · Disposiciones organizativas

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 3 artículos

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Disposiciones

Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres · 26 artículos

  • DA 1ª
  • DA 10ª
  • DA
  • DA
  • DA
  • DT 1ª
  • DT 2ª
  • DT 3ª
  • DT 4ª
  • DT 5ª
  • DT 6ª
  • DT 7ª
  • DT 8ª
  • DT 9ª
  • DT 10ª
  • DT 10ª
  • DT 10ª
  • DD
  • DF 1ª
  • DF 2ª
  • DF 3ª
  • DF 4ª
  • DF 5ª
  • DF 6ª
  • DF 7ª
  • DF 8ª

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TÍTULO PRELIMINAR:

Artículo 1. Objeto de la Ley.

1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

2. Por esta ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a las mujeres, a sus hijos menores y a los menores sujetos a su tutela, o guarda y custodia, víctimas de esta violencia.

3. La violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.

4. La violencia de género a que se refiere esta Ley también comprende la violencia que con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres se ejerza sobre sus familiares o allegados menores de edad por parte de las personas indicadas en el apartado primero.

Se añade el apartado 4 por la disposición final 10 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio. Ref. BOE-A-2021-9347#df-10

Se modifica el apartado 2 por la disposición final 3.1 de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2015-8222#dftercera .

Artículo 2. Principios rectores.

A través de esta Ley se articula un conjunto integral de medidas encaminadas a alcanzar los siguientes fines:

a) Fortalecer las medidas de sensibilización ciudadana de prevención, dotando a los poderes públicos de instrumentos eficaces en el ámbito educativo, servicios sociales, sanitario, publicitario y mediático.

b) Consagrar derechos de las mujeres víctimas de violencia de género, exigibles ante las Administraciones Públicas, y así asegurar un acceso rápido, transparente y eficaz a los servicios establecidos al efecto.

c) Reforzar hasta la consecución de los mínimos exigidos por los objetivos de la ley los servicios sociales de información, de atención, de emergencia, de apoyo y de recuperación integral, así como establecer un sistema para la más eficaz coordinación de los servicios ya existentes a nivel municipal y autonómico.

d) Garantizar derechos en el ámbito laboral y funcionarial que concilien los requerimientos de la relación laboral y de empleo público con las circunstancias de aquellas trabajadoras o funcionarias que sufran violencia de género.

e) Garantizar derechos económicos para las mujeres víctimas de violencia de género, con el fin de facilitar su integración social.

f) Establecer un sistema integral de tutela institucional en el que la Administración General del Estado, a través de la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, en colaboración con el Observatorio Estatal de la Violencia sobre la Mujer, impulse la creación de políticas públicas dirigidas a ofrecer tutela a las víctimas de la violencia contemplada en la presente Ley.

g) Fortalecer el marco penal y procesal vigente para asegurar una protección integral, desde las instancias jurisdiccionales, a las víctimas de violencia de género.

h) Coordinar los recursos e instrumentos de todo tipo de los distintos poderes públicos para asegurar la prevención de los hechos de violencia de género y, en su caso, la sanción adecuada a los culpables de los mismos.

i) Promover la colaboración y participación de las entidades, asociaciones y organizaciones que desde la sociedad civil actúan contra la violencia de género.

j) Fomentar la especialización de los colectivos profesionales que intervienen en el proceso de información, atención y protección a las víctimas.

k) Garantizar el principio de transversalidad de las medidas, de manera que en su aplicación se tengan en cuenta las necesidades y demandas específicas de todas las mujeres víctimas de violencia de género.

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    El artículo 2.f) de la Ley Orgánica 1/2004 establece un sistema integral de tutela institucional en el que la Administración General del Estado, a través de la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, en colaboración con el Observatorio Estatal de la Violencia sobre la Mujer, impulsa la creación de políticas públicas dirigidas a:

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    El artículo 7.1 de la Ley Orgánica 3/2007, sin perjuicio de lo establecido en el Código Penal, define el acoso sexual como cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno:

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 3/2007, el acoso sexual y el acoso por razón de sexo se considerarán en todo caso:

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 3/2007 define la discriminación directa por razón de sexo como la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera:

  5. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el artículo 1.2 de la Ley Orgánica 1/2004, las medidas de protección integral que se establecen tienen como finalidad:

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  • LO 1/2004 de Violencia de Género

    Título preliminar

    2 artículos (del 1 al 2)
  • Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

    Jefatura del EstadoBOE-A-2007-6115Actualizado a 2 de agosto de 202478 artículos (del 1 al 78)

    Cubre: Título preliminar. Objeto y ámbito de la Ley · Título I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación · Título II. Políticas públicas para la igualdad · Título III. Igualdad y medios de comunicación · Título VII. La igualdad en la responsabilidad social de las empresas · Título VIII. Disposiciones organizativas · Título IV · Título V · y 1 más

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