Artículo único.
De conformidad con la disposición adicional octava de la Ley 6/1998, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1999, se aprueba el texto refundido de la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia, que se inserta a continuación.
Disposición adicional única. Remisiones y normativas a la Ley 11/1992.
Las remisiones y referencias normativas a la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia, se entenderán hechas, en lo sucesivo, al texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto Legislativo y el texto refundido que se aprueba entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
Santiago de Compostela, 7 de octubre de 1999.
El Presidente,
El Consejero de Economía y Hacienda,
José Manuel Fraga Iribarne.
José Antonio Orza Fernández.
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE RÉGIMEN FINANCIERO Y PRESUPUESTARIO DE GALICIA
TÍTULO PRELIMINAR
Principios generales
Artículo 1. Concepto.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. La Hacienda Pública de Galicia está constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de contenido económico y financiero cuya titularidad le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Constituyen materias propias de la Hacienda Pública de Galicia, con independencia de la normativa que las regule, las siguientes:
a) El procedimiento presupuestario en sus distintas fases de elaboración, gestión y liquidación.
b) El sistema de contabilidad a que debe someterse a la actuación económica de los órganos competentes del sector público gallego.
c) El régimen de su patrimonio.
d) La contratación en régimen de derecho administrativo.
e) La regulación de sus ingresos de derecho público y privado.
f) Las normas de asignación y gestión de los recursos públicos y el control de eficacia y eficiencia en el empleo de los mismos.
g) El endeudamiento y la concesión de avales y otras garantías.
h) La organización y regulación de la Tesorería.
i) Los procedimientos generales de funcionamiento de los órganos responsables de la Hacienda Pública gallega.
j) Las prerrogativas de la Hacienda Pública gallega y las responsabilidades derivadas de la actuación de sus órganos y del personal a su servicio.
k) Cualquier otra que tuviese relación con el contenido de la Hacienda Pública gallega.
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Según el artículo 1.2, constituyen materias propias de la Hacienda Pública de Galicia, con independencia de la normativa que las regule, entre otras:
Respuesta correcta: c) El régimen de su patrimonio y la regulación de sus ingresos de derecho público y privado.
Se apoya en el artículo 1.2 de Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia..
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