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Tema 18 · Grupo Auxiliar de la Función Administrativa (SERGAS)

Funcionamiento de las instituciones sanitarias. Servicio de documentación clínica hospitalaria. Servicio de Admisión. Servicio de Atención al Paciente.

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58 artículos en 6 partes. Cada cuadro es un artículo; los que están en esta página llevan a él.

TÍTULO I

Ley 3/2001 reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes · 2 artículos

TÍTULO II

Ley 3/2001 reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes · 10 artículos

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TÍTULO III

Ley 3/2001 reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes · 9 artículos

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Disposiciones

Ley 3/2001 reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes · 5 artículos

  • DA 1ª
  • DA 2ª
  • DA 3ª
  • DF 1ª
  • DF 2ª

Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica

Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica · 23 artículos

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Disposiciones

Ley 41/2002 básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica · 9 artículos

  • DA 1ª
  • DA 2ª
  • DA 3ª
  • DA 4ª
  • DA 5ª
  • DA 6ª
  • DT
  • DD
  • DF

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I

TÍTULO I

Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1. Objeto.

1. La presente ley tiene por objeto regular el consentimiento informado de los pacientes así como su historia clínica, garantizando el acceso de aquéllos a la información contenida en la misma.

2. Los pacientes tendrán los derechos y obligaciones previstos en la presente ley; en la Ley 4/1986, de 25 de abril, general de sanidad; en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, y demás disposiciones que sean de aplicación.

Se modifica por el art. único.1 de la Ley 3/2005, de 7 de marzo. Ref. BOE-A-2005-6226.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

La presente Ley será de aplicación a todo tipo de asistencia sanitaria que se preste en la Comunidad Autónoma de Galicia en los centros y establecimientos sanitarios públicos o privados, sean o no concertados con el Servicio Gallego de Salud.

II

TÍTULO II

Del consentimiento informado

Artículo 3. Definición.

1. A los efectos de la presente ley, se entiende por consentimiento informado el prestado libre y voluntariamente por el afectado para toda actuación en el ámbito de su salud y una vez que, recibida la información adecuada, hubiera valorado las opciones propias del caso. El consentimiento será verbal, por regla general, y se prestará por escrito en los casos de intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores, y, en general, en la aplicación de procedimientos que supongan riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.

2. La prestación del consentimiento informado es un derecho del paciente y su obtención un deber del médico.

3. El paciente tiene derecho a decidir libremente, tras recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles. Asimismo, tiene derecho a negarse al tratamiento, salvo en los casos determinados en la ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito.

Se modifica por el art. único.2 de la Ley 3/2005, de 7 de marzo. Ref. BOE-A-2005-6226.

Artículo 4. Prestación del consentimiento.

El consentimiento deberá recabarse por el médico designado por el centro sanitario para la atención del paciente o por el que practique la intervención diagnóstica o terapéutica del propio paciente.

El paciente tendrá también derecho a que se tome en consideración su voluntad, expresada con anticipación ante el personal facultativo del centro sanitario cuando no se encuentre en situación de manifestarla en el momento de la intervención y conste por escrito debidamente firmada.

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿A qué tipo de asistencia sanitaria se aplica la presente ley según el artículo 2?

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Entre los datos mínimos que debe contener el documento de consentimiento informado, el artículo 10 incluye:

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿Quién garantiza el cumplimiento del derecho a la información del paciente según el artículo 9?

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 18, respecto a la propiedad y custodia de las historias clínicas:

  5. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 3, ¿en qué casos el consentimiento informado deberá prestarse por escrito?

De dónde sale este tema
  • Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes.

    21 artículos (del 1 al 21)

    Cubre: Título I · Título II · Título III

  • Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica

    Jefatura del EstadoBOE-A-2002-22188Actualizado a 1 de marzo de 202323 artículos (del 1 al 23)

    Cubre: Capítulo I. Principios generales · Capítulo II. El derecho de información sanitaria · Capítulo III. Derecho a la intimidad · Capítulo IV. El respeto de la autonomía del paciente · Capítulo V. La historia clínica · Capítulo VI. Informe de alta y otra documentación clínica

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