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Tema 17 · Cuerpo de Gestión de la Xunta de Galicia (turno libre)

Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Libros I y II.

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CAPÍTULO II: Libertad de pactos y contenido mínimo del contrato

2 artículos

CAPÍTULO III: Perfección y forma del contrato

2 artículos

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CAPÍTULO IV: Régimen de invalidez

6 artículos

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Sección 1

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CAPÍTULO I: Normas generales

4 artículos

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Sección 1

1 artículo

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Sección 2

5 artículos

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  • 111

Sección 3

2 artículos

  • 112
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CAPÍTULO II: Garantías exigibles en otros contratos del sector público

1 artículo

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CAPÍTULO I: Órgano de contratación

4 artículos

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Sección 1

16 artículos

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Sección 2

57 artículos

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Sección 3

30 artículos

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CAPÍTULO II: Libertad de pactos y contenido mínimo del contrato

Artículo 34. Libertad de pactos.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. En los contratos del sector público podrán incluirse cualesquiera pactos, cláusulas y condiciones, siempre que no sean contrarios al interés público, al ordenamiento jurídico y a los principios de buena administración.

2. Solo podrán fusionarse prestaciones correspondientes a diferentes contratos en un contrato mixto cuando esas prestaciones se encuentren directamente vinculadas entre sí y mantengan relaciones de complementariedad que exijan su consideración y tratamiento como una unidad funcional dirigida a la satisfacción de una determinada necesidad o a la consecución de un fin institucional propio de la entidad contratante.

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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

Conforme al artículo 34.1 de la LCSP, los pactos, cláusulas y condiciones incluidos en los contratos del sector público deberán:

Artículo 35. Contenido mínimo del contrato.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. Los documentos en los que se formalicen los contratos que celebren las entidades del sector público, salvo que ya se encuentren recogidas en los pliegos, deberán incluir, necesariamente, las siguientes menciones:

a) La identificación de las partes.

b) La acreditación de la capacidad de los firmantes para suscribir el contrato.

c) Definición del objeto y tipo del contrato, teniendo en cuenta en la definición del objeto las consideraciones sociales, ambientales y de innovación.

d) Referencia a la legislación aplicable al contrato, con expresa mención al sometimiento a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.

e) La enumeración de los documentos que integran el contrato. Si así se expresa en el contrato, esta enumeración podrá estar jerarquizada, ordenándose según el orden de prioridad acordado por las partes, en cuyo supuesto, y salvo caso de error manifiesto, el orden pactado se utilizará para determinar la prevalencia respectiva, en caso de que existan contradicciones entre diversos documentos.

f) El precio cierto, o el modo de determinarlo.

g) La duración del contrato o las fechas estimadas para el comienzo de su ejecución y para su finalización, así como la de la prórroga o prórrogas, si estuviesen previstas.

h) Las condiciones de recepción, entrega o admisión de las prestaciones.

i) Las condiciones de pago.

j) Los supuestos en que procede la modificación, en su caso.

k) Los supuestos en que procede la resolución.

l) El crédito presupuestario o el programa o rúbrica contable con cargo al que se abonará el precio, en su caso.

m) La extensión objetiva y temporal del deber de confidencialidad que, en su caso, se imponga al contratista.

n) La obligación de la empresa contratista de cumplir durante todo el periodo de ejecución de contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación.

2. El documento contractual no podrá incluir estipulaciones que establezcan derechos y obligaciones para las partes distintos de los previstos en los pliegos, concretados, en su caso, en la forma que resulte de la proposición del adjudicatario, o de los precisados en el acto de adjudicación del contrato de acuerdo con lo actuado en el procedimiento, de no existir aquellos.

Se modifica la letra d) del apartado 1 por el art. 5.1 del Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre. Ref. BOE-A-2019-15790#a5

Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria tercera del citado Real Decreto-ley.

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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

De conformidad con el artículo 35.1 de la LCSP, ¿cuál de las siguientes menciones NO es obligatorio incluir en los documentos en los que se formalicen los contratos celebrados por las entidades del sector público?

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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

De acuerdo con el artículo 35.1.d) de la LCSP, los documentos contractuales deberán incluir una referencia a:

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 36.3 de la LCSP, los contratos basados en un acuerdo marco y los contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición se perfeccionan:

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 37.1 de la LCSP, las entidades del sector público no podrán contratar verbalmente, salvo que el contrato tenga carácter de emergencia de conformidad con:

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    LIBRO PRIMERO — Título I: Disposiciones generales sobre la contratación del sector público — Capítulo II: Libertad de pactos y contenido mínimo del contrato · LIBRO PRIMERO — Título I: Disposiciones generales sobre la contratación del sector público — Capítulo III: Perfección y forma del contrato · LIBRO PRIMERO — Título I: Disposiciones generales sobre la contratación del sector público — Capítulo IV: Régimen de invalidez · LIBRO PRIMERO — Título II: Partes en el contrato — Capítulo II: Capacidad y solvencia del empresario — Sección 1 · LIBRO PRIMERO — Título III: Objeto, presupuesto base de licitación, valor estimado, precio del contrato y su revisión — Capítulo I: Normas generales · LIBRO PRIMERO — Título IV: Garantías exigibles en la contratación del sector público — Capítulo I: Garantías exigibles en los contratos celebrados con las Administraciones Públicas — Sección 1 · LIBRO PRIMERO — Título IV: Garantías exigibles en la contratación del sector público — Capítulo I: Garantías exigibles en los contratos celebrados con las Administraciones Públicas — Sección 2 · LIBRO PRIMERO — Título IV: Garantías exigibles en la contratación del sector público — Capítulo I: Garantías exigibles en los contratos celebrados con las Administraciones Públicas — Sección 3 · LIBRO PRIMERO — Título IV: Garantías exigibles en la contratación del sector público — Capítulo II: Garantías exigibles en otros contratos del sector público · LIBRO PRIMERO (Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos) — Título II: Partes en el contrato — Capítulo I: Órgano de contratación · LIBRO SEGUNDO — Título I: Disposiciones generales — Capítulo I: De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas — Sección 1 · LIBRO SEGUNDO — Título I: Disposiciones generales — Capítulo I: De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas — Sección 2 · LIBRO SEGUNDO — Título I: Disposiciones generales — Capítulo I: De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas — Sección 3

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