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Tema 33 · Policía Nacional (Escala Ejecutiva - Inspector)

Las consecuencias jurídicas de la infracción penal: la pena, concepto, clases y fines. Formas sustitutivas de la…

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Las consecuencias jurídicas de la infracción penal: la pena, concepto, clases y fines. Formas sustitutivas de la ejecución de las penas privativas de libertad y de la libertad condicional. Las medidas de seguridad, concepto, clases y fines. Aplicación de las medidas de seguridad. Las consecuencias accesorias. La responsabilidad civil. La extinción de la responsabilidad penal y sus efectos.

Las consecuencias jurídicas de la infracción penal: la pena, concepto, clases y fines. Formas sustitutivas de la ejecución de las penas privativas de libertad y de la libertad condicional. Las medidas de seguridad, concepto, clases y fines. Aplicación de las medidas de seguridad. Las consecuencias accesorias. La responsabilidad civil. La extinción de la responsabilidad penal y sus efectos.

Código Penal — LIBRO I — TÍTULO III: De las penas

Artículo 32.

Las penas que pueden imponerse con arreglo a este Código, bien con carácter principal bien como accesorias, son privativas de libertad, privativas de otros derechos y multa.

Artículo 33.

1. En función de su naturaleza y duración, las penas se clasifican en graves, menos graves y leves.

2. Son penas graves:

a) La prisión permanente revisable.

b) La prisión superior a cinco años.

c) La inhabilitación absoluta.

d) Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.

e) La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.

f) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.

g) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.

h) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.

i) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.

j) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.

k) La privación de la patria potestad.

3. Son penas menos graves:

a) La prisión de tres meses hasta cinco años.

b) Las inhabilitaciones especiales hasta cinco años.

c) La suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.

d) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.

e) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.

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