BaremoOposiciones

Tema 70 · Cuerpo Superior de Técnicos de IIPP (Juristas)

Los beneficios penitenciarios: Concepto, naturaleza y clases. Finalidad. Procedimiento de concesión. El adelantamiento de la libertad condicional. El indulto particular. La redención de penas por el trabajo en el Derecho transitorio.

preguntas gratis en su test
10
preguntas gratis en su test
artículos
15
artículos
de lectura de estudio
16 min
de lectura de estudio

Mapa del tema

tiene pregunta de repaso resto

15 artículos. Cada cuadro es un artículo; los que están en esta página llevan a él.

TITULO VIII: De la libertad condicional y de los beneficios penitenciarios

15 artículos

Los cuadros más claros están en el tema entero, que se lee gratis con tu cuenta. Crea tu cuenta gratis y léelo entero

Test del tema 70 · gratis

Ponte a prueba con este tema

10 preguntas, gratis y sin registrarte. Al terminar ves tu nota y las respuestas correctas.

VIII

TITULO VIII: De la libertad condicional y de los beneficios penitenciarios

Artículo 192. Libertad condicional.

Los penados clasificados en tercer grado que reúnan los demás requisitos establecidos al efecto en el Código Penal cumplirán el resto de su condena en situación de libertad condicional, conforme a lo dispuesto en dicho Código.

Artículo 193. Cómputo del tiempo cumplido.

Para el cómputo de las tres cuartas partes o, en su caso, dos terceras partes de la pena, se tendrán en cuenta las siguientes normas:

1.ª El tiempo de condena que fuera objeto de indulto se rebajará al penado del total de la pena impuesta, a los efectos de aplicar la libertad condicional, procediendo como si se tratase de una nueva pena de inferior duración.

2.ª Cuando el penado sufra dos o más condenas de privación de libertad, la suma de las mismas será considerada como una sola condena a efectos de aplicación de la libertad condicional. Si dicho penado hubiera sido objeto de indulto, se sumará igualmente el tiempo indultado en cada una para rebajarlo de la suma total.

Artículo 194. Iniciación del expediente.

La Junta de Tratamiento deberá iniciar la tramitación del correspondiente expediente con la antelación necesaria para que no sufra retraso la concesión de este beneficio.

Artículo 195. Expediente de libertad condicional.

El expediente de libertad condicional habrá de contener, en su caso, los siguientes documentos:

a) Testimonio de sentencia o sentencias recaídas y de la correspondiente liquidación de condena.

b) Certificación acreditativa de los beneficios penitenciarios y de la clasificación en tercer grado.

c) Informe pronóstico de integración social, emitido por la Junta de Tratamiento de acuerdo con lo establecido en el artículo 67 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.

d) Resumen de su situación penal y penitenciaria, con indicación de las fechas de prisión continuada y de las de cumplimiento de las dos terceras partes y tres cuartas partes de la condena, así como de la fecha de libertad definitiva. Igualmente se indicarán los permisos de salida disfrutados y sus incidencias, así como las sanciones y sus cancelaciones, para lo cual se podrá aportar copia de los ficheros informáticos penitenciarios.

e) Programa individual de libertad condicional y plan de seguimiento.

f) Acta de compromiso de acogida por parte de su familia, persona allegada o instituciones sociales extrapenitenciarias.

g) Manifestación del interesado sobre la localidad en que piensa fijar su residencia y sobre si acepta la tutela y control de un miembro de los servicios sociales del Centro, que informarán sobre las posibilidades de control del interno. En la fijación de la residencia se habrá de tener en cuenta la prohibición de residir en un lugar determinado o de volver a determinados lugares que, en su caso, hubiera impuesto el Tribunal.

h) Manifestación del interesado sobre el trabajo o medio de vida de que dispondrá al salir en libertad o, en el supuesto de que no disponga, informe de los servicios sociales sobre la posibilidad de trabajo en el exterior.

i) Certificación literal del acta de la Junta de Tratamiento del Establecimiento en la que se recoja el acuerdo de iniciación del expediente a que se refiere el artículo anterior, donde, en su caso, se propondrá al Juez de Vigilancia la aplicación de una o varias de las reglas de conducta previstas en el artículo 105 del Código Penal.

Sigue leyendo el tema completo

Este tema tiene 12.715 caracteres de texto legal. Con una cuenta gratuita lo lees entero, sin pagar nada.

El test de 10 preguntas de este tema es gratis y no pide cuenta. Hacerlo ahora

Crea tu cuenta gratis y léelo entero

Practica este tema

Preguntas de nuestro banco sobre este tema, cada una con el artículo en el que se apoya. Son distintas de las del test gratis.

  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿Cuál es la finalidad de los beneficios penitenciarios según el Reglamento?

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    En caso de revocación de la libertad condicional, ¿qué régimen se aplicará al interno cuando reingrese en prisión?

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    En el procedimiento de libertad condicional de extranjeros, ¿con qué finalidad se comunican al Ministerio Fiscal las propuestas junto con un resumen de la situación penal y penitenciaria?

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 202 del Reglamento Penitenciario, ¿qué medidas constituyen beneficios penitenciarios?

  5. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Para que la Junta de Tratamiento pueda solicitar del Juez de Vigilancia la tramitación de un indulto particular, las circunstancias de buena conducta, desempeño de actividad laboral y participación en actividades de reeducación y reinserción social deben concurrir:

De dónde sale este tema
  • Reglamento Penitenciario

    Título VIII: De la libertad condicional y de los beneficios penitenciarios

    15 artículos (del 192 al 206)

¿Te ha gustado estudiar así?

El tema entero se lee gratis con tu cuenta. Con la suscripción tienes, además, todos los temas con su test:

  • tests ilimitados y simulacros
  • los exámenes oficiales, tal y como cayeron
  • tu progreso por bloque y tus fallos guardados para repasarlos

8,99€4,99€/mes

Cada cobro hasta el 15 de diciembre. Después, 8,99€/mes. Sin permanencia.

Empezar por 4,99€/mes