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Tema 6 · Cuerpo Superior de Administración (Régimen Jurídico) de la Junta de Andalucía (A1)

El Ordenamiento jurídico en materia de Administración Local. Competencias de la Junta de Andalucía. La carta europea de autonomía local. La Ley de Autonomía Local de Andalucía. Clases de entidades Locales. Organización, funciones y competencias de la provincia y el municipio. Los regímenes municipales y provinciales especiales.

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106 artículos en 8 partes. Cada cuadro es un artículo; los que están en esta página llevan a él.

TÍTULO I: Disposiciones generales

10 artículos

TÍTULO II: El municipio

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TÍTULO III: La Provincia

12 artículos

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TÍTULO IV: Otras Entidades locales

4 artículos

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TÍTULO IX: Organizaciones para la cooperación de la Administración del Estado con la local

5 artículos

  • 117
  • 118
  • 119
  • 120
  • 120 bis

TÍTULO X · Régimen de organización de los municipios de gran población

18 artículos

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TÍTULO XI · Tipificación de las infracciones y sanciones por las Entidades Locales en determinadas materias

3 artículos

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  • 141

Disposiciones

33 artículos

  • DA 1ª
  • DA 2ª
  • DA 3ª
  • DA 4ª
  • DA 5ª
  • DA 6ª
  • DA 7ª
  • DA 8ª
  • DA 9ª
  • DA 10ª
  • DA 11ª
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I

TÍTULO I: Disposiciones generales

Artículo 1.

1. Los Municipios son entidades básicas de la organización territorial del Estado y cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades.

2. La Provincia y, en su caso, la Isla gozan, asimismo, de idéntica autonomía para la gestión de los intereses respectivos.

Artículo 2.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. Para la efectividad de la autonomía garantizada constitucionalmente a las entidades locales, la legislación del Estado y la de las Comunidades Autónomas, reguladora de los distintos sectores de acción pública, según la distribución constitucional de competencias, deberá asegurar a los Municipios, las Provincias y las Islas su derecho a intervenir en cuantos asuntos afecten directamente al círculo de sus intereses, atribuyéndoles las competencias que proceda en atención a las características de la actividad pública de que se trate y a la capacidad de gestión de la Entidad Local, de conformidad con los principios de descentralización, proximidad, eficacia y eficiencia, y con estricta sujeción a la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

2. Las Leyes básicas del Estado previstas constitucionalmente deberán determinar las competencias que ellas mismas atribuyan o que, en todo caso, deban corresponder a los entes locales en las materias que regulen.

Se modifica el apartado 1 por el art. 1.1 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13756 .

Se declara que no es inconstitucional el apartado 2, interpretado en los términos del fundamento jurídico 3, por Sentencia del TC 214/1989, de 21 de diciembre. Ref. BOE-T-1990-624 .

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De acuerdo con el artículo 2.1 de la LRBRL, la legislación del Estado y la de las Comunidades Autónomas deberá asegurar a Municipios, Provincias e Islas su derecho a intervenir en los asuntos que les afecten, atribuyéndoles competencias conforme a los principios de:

Artículo 3.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. Son Entidades Locales territoriales:

a) El Municipio.

b) La Provincia.

c) La Isla en los archipiélagos balear y canario.

2. Gozan, asimismo, de la condición de Entidades Locales:

a) Las Comarcas u otras entidades que agrupen varios Municipios, instituidas por las Comunidades Autónomas de conformidad con esta Ley y los correspondientes Estatutos de Autonomía.

b) Las Áreas Metropolitanas.

c) Las Mancomunidades de Municipios.

Se modifica el apartado 2 por el art. 1.2 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13756 .

Téngase en cuenta lo previsto en las disposiciones transitorias 4 y 5 de la citada Ley, sobre disolución de entidades de ámbito territorial inferior al Municipio y las que estén en constitución.

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Conforme al artículo 3.2 de la LRBRL, gozan de la condición de Entidades Locales, entre otras:

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 11.1 de la LRBRL, el Municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado y tiene:

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 6.1 de la LRBRL, las entidades locales sirven con objetividad los intereses públicos que les están encomendados y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a:

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    El artículo 4.1 de la LRBRL establece que, en su calidad de Administraciones públicas de carácter territorial, corresponden en todo caso a los municipios, provincias e islas, entre otras, las siguientes potestades:

De dónde sale este tema
  • Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local

    Título I: Disposiciones generales · Título II: El municipio · Título III: La Provincia · Título IV: Otras Entidades locales · Título IX: Organizaciones para la cooperación de la Administración del Estado con la local

    73 artículos (del 1 al 141)

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