TÍTULO III: Clases de personal
Artículo 20. Concepto y clases de empleados públicos.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. Son empleados públicos las personas que desempeñan funciones retribuidas al servicio de los intereses generales en las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley.
2. Los empleados públicos se clasifican en:
a) Personal funcionario de carrera.
b) Personal funcionario interino.
c) Personal laboral.
d) Personal eventual.
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Según el artículo 20, ¿cuáles son las clases en que se clasifican los empleados públicos?
Respuesta correcta: c) Personal funcionario de carrera, personal funcionario interino, personal laboral y personal eventual.
Se apoya en el artículo 20.2 de Empleo Público de Galicia.
Artículo 21. Concepto.
Tienen la condición de personal funcionario de carrera las personas que, en virtud de nombramiento legal, están vinculadas a la Administración pública por una relación estatutaria regulada por el derecho administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.
Artículo 22. Funciones y puestos de trabajo reservados al personal funcionario.
1. Corresponde exclusivamente al personal funcionario el ejercicio de las funciones que impliquen participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales de las administraciones públicas.
2. En virtud de lo previsto en el apartado anterior, las relaciones de puestos de trabajo reservarán necesariamente al personal funcionario:
a) Los puestos que tengan atribuidas funciones que impliquen el ejercicio de autoridad, fe pública o asesoramiento legal. En particular, se entiende que implican ejercicio de autoridad las funciones de policía administrativa, salvo las excepciones que puedan establecerse por norma con rango de ley.
b) Los puestos que tengan atribuidas funciones que impliquen la realización de tareas de inspección, fiscalización o control. En particular, quedan reservados al personal funcionario aquellos puestos con funciones que impliquen la realización de tareas de fiscalización interna y control de la gestión económico-financiera y presupuestaria.
c) Los puestos que tengan atribuidas funciones que impliquen la realización de tareas de contabilidad y tesorería.
d) Los puestos que tengan atribuidas funciones que impliquen la realización de tareas en materia de exacción de tributos.
e) Los puestos que tengan atribuidas competencias para dictar actos de incoación, instrucción o resolución de los procedimientos administrativos.
f) Los puestos que tengan atribuidas funciones de inscripción, anotación y cancelación de datos en los registros administrativos.
3. Los demás puestos de trabajo en las administraciones públicas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente ley serán desempeñados con carácter general por personal funcionario, sin perjuicio de lo dispuesto por el apartado tercero del artículo 26.
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