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Tema 108 · Inspector de Hacienda del Estado

La base liquidable. El tipo de gravamen. La cuota tributaria. La deuda tributaria: elementos.

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CAPÍTULO IV: La deuda tributaria

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CAPÍTULO III: Elementos de cuantificación de la obligación tributaria principal y de la obligación de realizar pagos a cuenta

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CAPÍTULO IV: La deuda tributaria

Artículo 58. Deuda tributaria.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. La deuda tributaria estará constituida por la cuota o cantidad a ingresar que resulte de la obligación tributaria principal o de las obligaciones de realizar pagos a cuenta.

2. Además, la deuda tributaria estará integrada, en su caso, por:

a) El interés de demora.

b) Los recargos por declaración extemporánea.

c) Los recargos del período ejecutivo.

d) Los recargos exigibles legalmente sobre las bases o las cuotas, a favor del Tesoro o de otros entes públicos.

3. Las sanciones tributarias que puedan imponerse de acuerdo con lo dispuesto en el título IV de esta ley no formarán parte de la deuda tributaria, pero en su recaudación se aplicarán las normas incluidas en el capítulo V del título III de esta ley.

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De acuerdo con el artículo 58.3 de la Ley General Tributaria, las sanciones tributarias:

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Conforme al artículo 58 de la Ley General Tributaria, la deuda tributaria estará constituida por:

Artículo 59. Extinción de la deuda tributaria.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. Las deudas tributarias podrán extinguirse por pago, prescripción, compensación o condonación, por los medios previstos en la normativa aduanera y por los demás medios previstos en las leyes.

2. El pago, la compensación, la deducción sobre transferencias o la condonación de la deuda tributaria tiene efectos liberatorios exclusivamente por el importe pagado, compensado, deducido o condonado.

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Según el artículo 59.2 de la Ley General Tributaria, el pago, la compensación, la deducción sobre transferencias o la condonación de la deuda tributaria:

Artículo 60. Formas de pago.

1. El pago de la deuda tributaria se efectuará en efectivo. Podrá efectuarse mediante efectos timbrados cuando así se disponga reglamentariamente.

El pago de las deudas en efectivo podrá efectuarse por los medios y en la forma que se determinen reglamentariamente.

La normativa tributaria regulará los requisitos y condiciones para que el pago pueda efectuarse utilizando técnicas y medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

2. Podrá admitirse el pago en especie de la deuda tributaria en período voluntario o ejecutivo cuando una Ley lo disponga expresamente y en los términos y condiciones que se prevean reglamentariamente.

No podrá admitirse el pago en especie en aquellos supuestos en los que, de acuerdo con el artículo 65.2 de esta Ley, las deudas tributarias tengan la condición de inaplazables. Las solicitudes de pago en especie a que se refiere este apartado serán objeto de inadmisión.

Se modifica el apartado 2 por el art. 6.1 del Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-11475#a6 .

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 61.1 de la Ley General Tributaria, ¿cuándo se entiende pagada en efectivo una deuda tributaria?

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el artículo 64 de la Ley General Tributaria, los obligados tributarios podrán consignar el importe de la deuda tributaria y, en su caso, de las costas reglamentariamente devengadas en:

De dónde sale este tema
  • Ley General Tributaria

    Título II — Capítulo IV: La deuda tributaria · Título II — Capítulo III: Elementos de cuantificación de la obligación tributaria principal y de la obligación de realizar pagos a cuenta

    36 artículos (del 49 al 82)

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