TÍTULO X: Del préstamo
Artículo 1740.
Por el contrato de préstamo, una de las partes entrega a la otra, o alguna cosa no fungible para que use de ella por cierto tiempo y se la devuelva, en cuyo caso se llama comodato, o dinero u otra cosa fungible, con condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad, en cuyo caso conserva simplemente el nombre de préstamo.
El comodato es esencialmente gratuito.
El simple préstamo puede ser gratuito o con pacto de pagar interés.
Artículo 1741.
El comodante conserva la propiedad de la cosa prestada. El comodatario adquiere el uso de ella, pero no los frutos; si interviene algún emolumento que haya de pagar el que adquiere el uso, la convención deja de ser comodato.
Artículo 1742.✍️ Tiene pregunta de repaso
Las obligaciones y derechos que nacen del comodato pasan a los herederos de ambos contrayentes, a no ser que el préstamo se haya hecho en contemplación a la persona del comodatario, en cuyo caso los herederos de éste no tienen derecho a continuar en el uso de la cosa prestada.
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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
Conforme al artículo 1742, ¿cuándo los herederos del comodatario no tienen derecho a continuar en el uso de la cosa prestada?
Respuesta correcta: b) Cuando el préstamo se haya hecho en contemplación a la persona del comodatario.
Se apoya en el artículo 1742.
Artículo 1743.
El comodatario está obligado a satisfacer los gastos ordinarios que sean de necesidad para el uso y conservación de la cosa prestada.
Artículo 1744.
Si el comodatario destina la cosa a un uso distinto de aquel para que se prestó, o la conserva en su poder por más tiempo del convenido, será responsable de su pérdida, aunque ésta sobrevenga por caso fortuito.
Artículo 1745.✍️ Tiene pregunta de repaso
Si la cosa prestada se entregó con tasación y se pierde, aunque sea por caso fortuito, responderá el comodatario del precio, a no haber pacto en que expresamente se le exima de responsabilidad.
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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
Según el artículo 1745, ¿qué responsabilidad asume el comodatario cuando la cosa prestada se entregó con tasación y se pierde por caso fortuito?
Respuesta correcta: d) Responderá del precio, salvo pacto expreso que le exima de responsabilidad.
Se apoya en el artículo 1745.
Artículo 1746.
El comodatario no responde de los deterioros que sobrevengan a la cosa prestada por el solo efecto del uso y sin culpa suya.
Artículo 1747.
El comodatario no puede retener la cosa prestada a pretexto de lo que el comodante le deba, aunque sea por razón de expensas.
Artículo 1748.
Todos los comodatarios a quienes se presta conjuntamente una cosa responden solidariamente de ella, al tenor de lo dispuesto en esta sección.
Artículo 1749.✍️ Tiene pregunta de repaso
El comodante no puede reclamar la cosa prestada sino después de concluido el uso para que la prestó. Sin embargo, si antes de estos plazos tuviere el comodante urgente necesidad de ella, podrá reclamar la restitución.
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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
De acuerdo con el artículo 1749, ¿en qué supuesto puede el comodante reclamar la restitución de la cosa antes de concluido el uso para el que la prestó?
Respuesta correcta: b) Cuando el comodante tuviere urgente necesidad de ella antes de los plazos pactados.
Se apoya en el artículo 1749.
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