BaremoOposiciones

Tema 330 · Acceso a la Carrera Judicial y Fiscal (Juez/Fiscal)

La Seguridad Social en materia de violencia de género. La cotización en los supuestos de suspensión con reserva al puesto de trabajo. El desempleo: situación legal, determinación del período de ocupación cotizada y compromiso de actividad. Pensión de viudedad en supuestos de separación, divorcio y nulidad matrimonial. Prestación de orfandad y compatibilidades. Prestaciones de muerte y supervivencia: concepto, impedimentos y suspensión cautelar. Incremento de las pensiones de orfandad y a favor de familiares.

preguntas gratis en su test
10
preguntas gratis en su test
artículos
55
artículos
de lectura de estudio
2 h 49 min
de lectura de estudio

Mapa del tema

tiene pregunta de repaso resto

55 artículos en 5 partes. Cada cuadro es un artículo; los que están en esta página llevan a él.

CAPÍTULO II: Inscripción de empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación

19 artículos

  • 138
  • 139
  • 140
  • 141
  • 142
  • 143
  • 144
  • 145
  • 146
  • 147
  • 148
  • 149
  • 150
  • 151
  • 152
  • 153
  • 153 bis
  • 153 ter
  • 154

CAPÍTULO XIV: Muerte y supervivencia

19 artículos

  • 216
  • 217
  • 218
  • 219
  • 220
  • 221
  • 222
  • 223
  • 224
  • 225
  • 226
  • 227
  • 228
  • 229
  • 230
  • 231
  • 232
  • 233
  • 234

CAPÍTULO I: Normas generales

4 artículos

  • 262
  • 263
  • 264
  • 265

CAPÍTULO II: Nivel contributivo

8 artículos

  • 266
  • 267
  • 268
  • 269
  • 270
  • 271
  • 272
  • 273

CAPÍTULO IV: Régimen de las prestaciones

5 artículos

  • 281
  • 282
  • 283
  • 284
  • 285

Los cuadros más claros están en el tema entero, que se lee gratis con tu cuenta. Crea tu cuenta gratis y léelo entero

Test del tema 330 · gratis

Ponte a prueba con este tema

10 preguntas, gratis y sin registrarte. Al terminar ves tu nota y las respuestas correctas.

CAPÍTULO II: Inscripción de empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación

Artículo 138. Inscripción de empresas.

1. Los empresarios, como requisito previo e indispensable a la iniciación de sus actividades, solicitarán su inscripción en el Régimen General de la Seguridad Social, haciendo constar la entidad gestora o, en su caso, la mutua colaboradora con la Seguridad Social por la que hayan optado para proteger las contingencias profesionales, y en su caso, la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes del personal a su servicio.

Los empresarios deberán comunicar las variaciones que se produzcan de los datos facilitados al solicitar su inscripción, en especial la referente al cambio de la entidad que deba asumir la cobertura de las contingencias indicadas anteriormente, así como su extinción o el cese temporal o definitivo de su actividad, a efectos de practicar su baja.

2. Las actuaciones en materia de inscripción a que se refiere el apartado anterior se efectuarán ante el correspondiente organismo de la Administración de la Seguridad Social, a nombre de la persona física o jurídica o entidad sin personalidad titular de la empresa. Dicho organismo podrá, también, realizar de oficio tales actuaciones cuando por cualquiera de los procedimientos a que se refiere el artículo 16.4 de esta ley constate el incumplimiento de la obligación de efectuarlas, así como proceder a la revisión de oficio de sus actos dictados en esas materias, en los supuestos a que se refiere el apartado 5 del citado artículo.

3. A los efectos de la presente ley se considerará empresario, aunque su actividad no esté motivada por ánimo de lucro, a toda persona física o jurídica o entidad sin personalidad, pública o privada, por cuya cuenta trabajen las personas incluidas en el artículo 136.

Se modifican los apartados 1 y 2 por la disposición final 4.3 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero. Ref. BOE-A-2023-625#df-4

Artículo 139. Afiliación, altas y bajas.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. Los empresarios estarán obligados a solicitar la afiliación al Sistema de la Seguridad Social de los trabajadores que ingresen a su servicio, así como a comunicar dicho ingreso y, en su caso, el cese en la empresa de tales trabajadores para que sean dados, respectivamente, de alta y de baja en el Régimen General.

2. En el caso de que el empresario incumpla las obligaciones que le impone el apartado anterior, el trabajador podrá instar su afiliación, alta o baja, directamente al organismo competente de la Administración de la Seguridad Social. Dicho organismo podrá, también, efectuar tales actos de oficio en los supuestos a que se refiere el artículo 16.4 de esta ley, así como proceder a la revisión de oficio de sus actos dictados en esas materias, en los supuestos a que se refiere el apartado 5 del citado artículo.

3. El reconocimiento del derecho al alta y a la baja en el Régimen General corresponderá al organismo de la Administración de la Seguridad Social que reglamentariamente se establezca.

4. Salvo disposición legal expresa en contrario, la situación de alta del trabajador en este Régimen General condicionará la aplicación al mismo de las normas del presente título.

Se modifica el apartado 2 por la disposición final 4.4 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero. Ref. BOE-A-2023-625#df-4

¿Te atreves con la pregunta de este artículo? →

✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

¿Qué efecto tiene la situación de alta del trabajador en el Régimen General, conforme al artículo 139?

Sigue leyendo el tema completo

Este tema tiene 136.096 caracteres de texto legal. Con una cuenta gratuita lo lees entero, sin pagar nada.

El test de 10 preguntas de este tema es gratis y no pide cuenta. Hacerlo ahora

Crea tu cuenta gratis y léelo entero

Practica este tema

Preguntas de nuestro banco sobre este tema, cada una con el artículo en el que se apoya. Son distintas de las del test gratis.

  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 143, ¿qué eficacia tendrán los pactos por los que el trabajador asuma total o parcialmente la cuota a cargo del empresario?

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿Existe obligación de cotizar por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales aunque la empresa no tuviera establecida la protección de su personal respecto a dichas contingencias?

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿Qué información debe facilitar el empresario a los trabajadores en los justificantes de pago de retribuciones, según el artículo 142?

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 141, ¿quiénes están sujetos a la obligación de cotizar al Régimen General de la Seguridad Social?

De dónde sale este tema
  • LGSS

    Título II: Régimen General de la Seguridad Social — Capítulo II: Inscripción de empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación · Título II: Régimen General de la Seguridad Social — Capítulo XIV: Muerte y supervivencia · Título III: Protección por desempleo — Capítulo I: Normas generales · Título III: Protección por desempleo — Capítulo II: Nivel contributivo · Título III: Protección por desempleo — Capítulo IV: Régimen de las prestaciones

    55 artículos (del 138 al 285)

¿Te ha gustado estudiar así?

El tema entero se lee gratis con tu cuenta. Con la suscripción tienes, además, todos los temas con su test:

  • tests ilimitados y simulacros
  • los exámenes oficiales, tal y como cayeron
  • tu progreso por bloque y tus fallos guardados para repasarlos

8,99€4,99€/mes

Cada cobro hasta el 15 de diciembre. Después, 8,99€/mes. Sin permanencia.

Empezar por 4,99€/mes