CAPÍTULO II: De los requisitos esenciales para la validez de los contratos
Artículo 1261.✍️ Tiene pregunta de repaso
No hay contrato sino cuando concurren los requisitos siguientes:
1.º Consentimiento de los contratantes.
2.º Objeto cierto que sea materia del contrato.
3.º Causa de la obligación que se establezca.
¿Te atreves con la pregunta de este artículo? →
✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
Según el artículo 1261, ¿cuándo se considera que hay contrato?
Respuesta correcta: a) Cuando concurren el consentimiento, el objeto cierto y la causa de la obligación.
Se apoya en el artículo 1261 de Código Civil.
CAPÍTULO PRIMERO: Disposiciones generales
Artículo 1254.
El contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra u otras, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.
Artículo 1255.
Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.
Artículo 1256.
La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Artículo 1257.✍️ Tiene pregunta de repaso
Los contratos sólo producen efecto entre las partes que los otorgan y sus herederos; salvo, en cuanto a éstos, el caso en que los derechos y obligaciones que proceden del contrato no sean transmisibles, o por su naturaleza, o por pacto, o por disposición de la ley.
Si el contrato contuviere alguna estipulación en favor de un tercero, éste podrá exigir su cumplimiento, siempre que hubiese hecho saber su aceptación al obligado antes de que haya sido aquélla revocada.
¿Te atreves con la pregunta de este artículo? →
✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
¿Qué dispone el artículo 1257 del Código Civil respecto a los efectos del contrato y la estipulación en favor de tercero?
Respuesta correcta: b) Los contratos sólo producen efecto entre las partes que los otorgan y sus herederos, salvo que los derechos y obligaciones no sean transmisibles por su naturaleza, pacto o ley; y si contienen estipulación a favor de tercero, éste podrá exigir su cumplimiento si hizo saber su aceptación antes de ser revocada.
Se apoya en el artículo 1257 de Código Civil.
¿Te atreves con la pregunta de este artículo? →
✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
¿En qué caso los herederos no están sujetos a los efectos de un contrato?
Respuesta correcta: b) Cuando los derechos y obligaciones no sean transmisibles por su naturaleza, por pacto o por ley.
Se apoya en el artículo 1257 de Código Civil.
Artículo 1258.
Los contratos se perfeccionan por el mero consentimiento, y desde entonces obligan, no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a todas las consecuencias que, según su naturaleza, sean conformes a la buena fe, al uso y a la ley.
Artículo 1259.
Ninguno puede contratar a nombre de otro sin estar por éste autorizado o sin que tenga por la ley su representación legal.
El contrato celebrado a nombre de otro por quien no tenga su autorización o representación legal será nulo, a no ser que lo ratifique la persona a cuyo nombre se otorgue antes de ser revocado por la otra parte contratante.
Artículo 1260.
No se admitirá juramento en los contratos. Si se hiciere, se tendrá por no puesto.
CAPÍTULO III: De la eficacia de los contratos
Artículo 1278.
Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez.
Sigue leyendo el tema completo
Este tema tiene 4118 caracteres de texto legal. Con una cuenta gratuita lo lees entero, sin pagar nada.
El test de 10 preguntas de este tema es gratis y no pide cuenta. Hacerlo ahora
Crea tu cuenta gratis y léelo entero