TÍTULO PRIMERO: Del modo de proceder cuando fuere procesado un Senador o Diputado a Cortes
📌 Cifras y plazos de este título
Artículo 750.
El Juez o Tribunal que encuentre méritos para procesar a un Senador o Diputado a Cortes por causa de delito, se abstendrá de dirigir el procedimiento contra él si las Cortes estuvieren abiertas, hasta obtener la correspondiente autorización del Cuerpo Colegislador a que pertenezca.
Artículo 751.
Cuando el Senador o Diputado a Cortes fuere delincuente in fraganti, podrá ser detenido y procesado sin la autorización a que se refiere el artículo anterior; pero en las veinticuatro horas siguientes a la detención o procesamiento deberá ponerse lo hecho en conocimiento del Cuerpo Colegislador a que corresponda.
Se pondrá también en conocimiento del Cuerpo Colegislador respectivo la causa que existiere pendiente contra el que, estando procesado, hubiese sido elegido Senador o Diputado a Cortes.
Artículo 752.
Si un Senador o Diputado a Cortes fuese procesado durante un interregno parlamentario, deberá el Juez o Tribunal que conozca de la causa ponerlo inmediatamente en conocimiento del respectivo Cuerpo Colegislador.
Lo mismo se observará cuando haya sido procesado un Senador o Diputado a Cortes electo antes de reunirse éstas.
Artículo 753.✍️ Tiene pregunta de repaso
En todo caso, se suspenderán por el Secretario judicial los procedimientos desde el día en que se dé conocimiento a las Cortes, estén o no abiertas, permaneciendo las cosas en el estado en que entonces se hallen, hasta que el Cuerpo Colegislador respectivo resuelva lo que tenga por conveniente.
Se modifica por el art. 2.97 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-17493 .
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Según el artículo 753, ¿qué efecto produce sobre los procedimientos la comunicación a las Cortes del procesamiento de un Senador o Diputado?
Respuesta correcta: a) Se suspenderán por el Secretario judicial desde el día en que se dé conocimiento a las Cortes, estén o no abiertas
Se apoya en el artículo 753 de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 754.
Si el Senado o el congreso negasen la autorización pedida, se sobreseerá respecto al Senador o Diputado a Cortes; pero continuará la causa contra los demás procesados.
Artículo 755.✍️ Tiene pregunta de repaso
La autorización se pedirá en forma de suplicatorio, remitiendo con éste, y con el carácter de reservado, el testimonio de los cargos que resulten contra el Senador o Diputado, con inclusión de los dictámenes del Fiscal y de las peticiones particulares en que se haya solicitado la autorización.
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Conforme al artículo 755, ¿cómo se pedirá la autorización para procesar a un Senador o Diputado?
Respuesta correcta: c) En forma de suplicatorio, remitiendo con éste, y con el carácter de reservado, el testimonio de los cargos
Se apoya en el artículo 755 de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 756.
El suplicatorio se remitirá por conducto del Ministro de Gracia y Justicia.
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