CAPÍTULO III: Eficacia general de las normas jurídicas
Artículo 6.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento. El error de derecho producirá únicamente aquellos efectos que las leyes determinen.
2. La exclusión voluntaria de la ley aplicable y la renuncia a los derechos en ella reconocidos sólo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros.
3. Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención.
4. Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir.
Se modifica por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083 .
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¿Cuál es la consecuencia jurídica de los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico?
Respuesta correcta: a) La aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir
Se apoya en el artículo 6.4 de Código Civil.
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¿Qué sucede con los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas?
Respuesta correcta: a) Son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto
Se apoya en el artículo 6.3 de Código Civil.
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Sobre los actos realizados al amparo de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, se establece que:
Respuesta correcta: d) Se consideran ejecutados en fraude de ley
Se apoya en el artículo 6.4 de Código Civil.
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En cuanto a la exclusión voluntaria de la ley aplicable y la renuncia a los derechos reconocidos en ella, estas serán válidas siempre que:
Respuesta correcta: d) No contravengan el interés o el orden público
Se apoya en el artículo 6.2 de Código Civil.
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¿Qué sucede con los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas según el Código Civil?
Respuesta correcta: d) Son nulos de pleno derecho, salvo que se establezca un efecto distinto
Se apoya en el artículo 6.3 de Código Civil.
Artículo 7.
1. Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.
2. La Ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por la intención de su autor, por su objeto o por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales o administrativas que impidan la persistencia en el abuso.
Se modifica por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083 .
CAPÍTULO II: Aplicación de las normas jurídicas
Artículo 3.
1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.
2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita.
Se modifica por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083 .
Artículo 4.
1. Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.
2. Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.
3. Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes.
Se modifica por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083 .
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