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Tema 205 · Letrados de la Administración de Justicia (turno libre)

Los medios de prueba. Orden de práctica de los medios de prueba. El interrogatorio de las partes. La prueba documental: clases de documentos. Valor probatorio. Deber de exhibición documental. La prueba pericial.

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CAPÍTULO VI: De los medios de prueba y las presunciones

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CAPÍTULO III: De la presentación de documentos, dictámenes, informes y otros medios e instrumentos

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CAPÍTULO VI: De los medios de prueba y las presunciones

Artículo 299. Medios de prueba.

1. Los medios de prueba de que se podrá hacer uso en juicio son:

1.º Interrogatorio de las partes.

2.º Documentos públicos.

3.º Documentos privados.

4.º Dictamen de peritos.

5.º Reconocimiento judicial.

6.º Interrogatorio de testigos.

2. También se admitirán, conforme a lo dispuesto en esta Ley, los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir palabras, datos, cifras y operaciones matemáticas llevadas a cabo con fines contables o de otra clase, relevantes para el proceso.

3. Cuando por cualquier otro medio no expresamente previsto en los apartados anteriores de este artículo pudiera obtenerse certeza sobre hechos relevantes, el tribunal, a instancia de parte, lo admitirá como prueba, adoptando las medidas que en cada caso resulten necesarias.

Artículo 300. Orden de práctica de los medios de prueba.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. Salvo que el tribunal, de oficio o a instancia de parte, acuerde otro distinto, las pruebas se practicarán en el juicio o vista por el orden siguiente:

1.º Interrogatorio de las partes.

2.º Interrogatorio de testigos.

3.º Declaraciones de peritos sobre sus dictámenes o presentación de éstos, cuando excepcionalmente se hayan de admitir en ese momento.

4.º Reconocimiento judicial, cuando no se haya de llevar a cabo fuera de la sede del tribunal.

5.º Reproducción ante el tribunal de palabras, imágenes y sonidos captados mediante instrumentos de filmación, grabación y otros semejantes.

2. Cuando alguna de las pruebas admitidas no pueda practicarse en la audiencia, continuará ésta para la práctica de las restantes, por el orden que proceda.

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¿Cuál es el orden de práctica de los medios de prueba en el juicio o vista, salvo que el tribunal acuerde otro distinto?

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¿Qué ocurre cuando alguna de las pruebas admitidas no pueda practicarse en la audiencia?

Artículo 301. Concepto y sujetos del interrogatorio de las partes.

1. Cada parte podrá solicitar del tribunal el interrogatorio de las demás sobre hechos y circunstancias de los que tengan noticia y que guarden relación con el objeto del juicio. Un colitigante podrá solicitar el interrogatorio de otro colitigante siempre y cuando exista en el proceso oposición o conflicto de intereses entre ambos.

2. Cuando la parte legitimada, actuante en el juicio, no sea el sujeto de la relación jurídica controvertida o el titular del derecho en cuya virtud se acciona, se podrá solicitar el interrogatorio de dicho sujeto o titular.

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿Qué podrá hacer el tribunal si la parte llamada a declarar se negare a hacerlo, conforme al artículo 307?

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Cuando alguna pregunta del interrogatorio se refiera a hechos que no sean personales del declarante, ¿cómo habrá de responder éste?

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿Cómo se desarrollará la declaración cuando sean parte en un proceso el Estado, una Comunidad Autónoma, una Entidad local u otro organismo público y el tribunal admita su declaración?

De dónde sale este tema
  • Ley de Enjuiciamiento Civil

    LIBRO II — Título I — Capítulo VI: De los medios de prueba y las presunciones · LIBRO II — Título I — Capítulo III: De la presentación de documentos, dictámenes, informes y otros medios e instrumentos

    98 artículos (del 264 al 386)

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