TÍTULO III: Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
Artículo 33. Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
1. Se crea el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno como organismo público de los previstos en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Estará adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
2. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. Actúa con autonomía y plena independencia en el cumplimiento de sus fines.
Artículo 34. Fines.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tiene por finalidad promover la transparencia de la actividad pública, velar por el cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio de derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las disposiciones de buen gobierno.
Artículo 35. Composición.
El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estará compuesto por los siguientes órganos:
a) La Comisión de Transparencia y Buen Gobierno.
b) El Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que lo será también de su Comisión.
Artículo 36. Comisión de Transparencia y Buen Gobierno.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. La Comisión de Transparencia y Buen Gobierno ejercerá todas las competencias que le asigna esta Ley, así como aquellas que les sean atribuidas en su normativa de desarrollo.
2. Dicha Comisión estará compuesta por:
a) El Presidente.
b) Un Diputado.
c) Un Senador.
d) Un representante del Tribunal de Cuentas.
e) Un representante del Defensor del Pueblo.
f) Un representante de la Agencia Española de Protección de Datos.
g) Un representante de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
h) Un representante de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.
3. La condición de miembro de la Comisión del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno no exigirá dedicación exclusiva ni dará derecho a remuneración con excepción de lo previsto en el artículo siguiente.
4. Al menos una vez al año, la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno convocará a los representantes de los organismos que, con funciones similares a las desarrolladas por ella, hayan sido creados por las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias. A esta reunión podrá ser convocado un representante de la Administración Local propuesto por la Federación Española de Municipios y Provincias.
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¿Exige la condición de miembro de la Comisión dedicación exclusiva o da derecho a remuneración?
Respuesta correcta: a) No exige dedicación exclusiva ni da derecho a remuneración, salvo lo previsto en el artículo siguiente
Se apoya en el artículo 36.3 de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
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Según el artículo 36, ¿qué competencias ejercerá la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno?
Respuesta correcta: a) Las que le asigna la Ley y las atribuidas en su normativa de desarrollo
Se apoya en el artículo 36.1 de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
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¿Cuántos miembros, además del Presidente, integran la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno según el artículo 36.2?
Respuesta correcta: d) Siete miembros además del Presidente
Se apoya en el artículo 36.2 de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
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