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Tema 65 · Técnico de Administración General (TAG)

Actividad subvencional (II): Reintegro. Control financiero. Infracciones y sanciones.

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Actividad subvencional (II): Reintegro. Control financiero. Infracciones y sanciones.

Ministerio de Economía y HaciendaBOE-A-2006-13371Actualizado a 29 de junio de 2023

2. Las subvenciones que otorguen las Administraciones Públicas se ajustarán a los preceptos contenidos en la Ley General de Subvenciones, en el presente Reglamento y en las normas reguladoras de cada una de ellas, sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Final Primera de la citada Ley y en la Disposición Final Primera de este Reglamento.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Lo previsto en la Ley General de Subvenciones así como en el presente Reglamento será de aplicación a toda disposición dineraria que, cumpliendo con los requisitos establecidos en el artículo 2.1 de la Ley General de Subvenciones, sea realizada por cualquiera de los sujetos contemplados en el artículo 3 de dicha Ley a favor de personas públicas o privadas, cualquiera que sea la denominación dada al acto o negocio jurídico del que se deriva dicha disposición.

2. A los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 2 de la Ley General de Subvenciones, se entenderá por financiación global las aportaciones destinadas a financiar total o parcialmente, con carácter indiferenciado, la totalidad o un sector de la actividad de una Administración Pública o de un organismo o entidad pública dependiente de ésta.

3. En particular, será de aplicación la Ley General de Subvenciones y el presente Reglamento a:

a) Los convenios de colaboración celebrados entre Administraciones Públicas, en los que únicamente la Administración Pública beneficiaria ostenta competencias propias de ejecución sobre la materia, consistiendo la obligación de la Administración Pública concedente de la subvención en la realización de una aportación dineraria a favor de la otra u otras partes del convenio, con la finalidad de financiar el ejercicio de tareas, inversiones, programas o cualquier actividad que entre dentro del ámbito de las competencias propias de la Administración Pública destinataria de los fondos.

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