Artículo 1. Objeto.
DISPONGO TÍTULO PRELIMINAR Disposiciones generales
Este Decreto tiene por objeto regular la atención ciudadana, el procedimiento de quejas y sugerencias y el Registro Electrónico General.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Este decreto es de aplicación:
a) A la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que comprende, a efectos del decreto, la Administración General y los organismos públicos y las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ella, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional cuarta.
b) A las personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica en sus relaciones con las entidades referidas en el párrafo a).
TÍTULO I Atención ciudadana
CAPÍTULO I Conceptos, principios y misión
Artículo 3. El sistema de atención ciudadana.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. El sistema de atención ciudadana se configura como el conjunto de actuaciones y medios que la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria pone a disposición de los ciudadanos/as para facilitarles el ejercicio de sus derechos, el cumplimiento de sus obligaciones y el acceso a la información.
2. Corresponde a la Consejería competente en materia de atención ciudadana la dirección, coordinación y supervisión de la atención ciudadana en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Esta competencia se ejercitará a través de los distintos canales que componen el sistema de atención ciudadana, a los que se refiere este Decreto, con el objeto de prestar un servicio completo, no fragmentado y no contradictorio que cumplirá con las normas vigentes en materia de accesibilidad.
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¿A qué Consejería corresponde la dirección, coordinación y supervisión de la atención ciudadana en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria?
Respuesta correcta: b) A la Consejería competente en materia de atención ciudadana.
Se apoya en el artículo 3.2 de Decreto 35/2025, de 12 de junio, por el que se regula la Atención Ciudadana, el Procedimiento de Quejas y Sugerencias y el Registro Electrónico General en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria..
Artículo 4. Principios.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. La atención ciudadana se ajustará, con carácter general, a los siguientes principios:
a. Objetividad, eficacia y eficiencia en el servicio a los ciudadanos/as y a los intereses públicos.
b. Igualdad y no discriminación en el acceso a los servicios de atención ciudadana.
c. Confidencialidad, de acuerdo con la normativa reguladora de protección de datos personales.
d. Deferencia, esmero y máximo respeto en la prestación de los servicios de atención ciudadana, y en general, en el trato con las personas.
e. La Atención ciudadana será presencial e inmediata, de manera que la utilización de la cita previa resulte solo un instrumento voluntario y complementario para la ciudadanía.
f. Transparencia, integridad, autenticidad, actualización y máxima accesibilidad de la información.
g. Dinamismo, simplificación, proactividad, integración, proximidad y responsabilidad en la gestión de los servicios de atención ciudadana.
h. Neutralidad y adaptación progresiva a los cambios tecnológicos para garantizar la mayor calidad y eficacia en los servicios de atención ciudadana.
i. Coordinación, cooperación y fomento de la interoperabilidad con otras Administraciones Públicas.
j. Simplificación, celeridad e impulso de la iniciativa de oficio.
2. Todos los órganos y unidades administrativas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, colaborarán con las personas encargadas de la atención ciudadana para el adecuado cumplimiento de sus funciones.
3. Los órganos y unidades administrativas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria con funciones en materia de atención ciudadana, impulsarán los servicios que respondan a estos principios, especialmente, se promoverá una atención cada vez más personalizada, preferentemente presencial e inmediata y basada en criterios de proximidad, con independencia del fomento del uso de las tecnologías de la información.
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Según el artículo 4, la atención ciudadana será presencial e inmediata, de manera que la cita previa:
Respuesta correcta: d) Resultará solo un instrumento voluntario y complementario para la ciudadanía.
Se apoya en el artículo 4.1 de Decreto 35/2025, de 12 de junio, por el que se regula la Atención Ciudadana, el Procedimiento de Quejas y Sugerencias y el Registro Electrónico General en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria..
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El artículo 4 establece que la atención ciudadana se ajustará, con carácter general, a una serie de principios. ¿Cuál de los siguientes NO figura entre ellos?
Respuesta correcta: b) Rentabilidad económica para la Administración.
Se apoya en el artículo 4.1 de Decreto 35/2025, de 12 de junio, por el que se regula la Atención Ciudadana, el Procedimiento de Quejas y Sugerencias y el Registro Electrónico General en la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria..
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