BaremoOposiciones

Tema 5 · Cuerpo Administrativo de la Xunta de Galicia (promoción interna)

Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia: títulos preliminar y I.

preguntas gratis en su test
10
preguntas gratis en su test
artículos
81
artículos
de lectura de estudio
3 h 3 min
de lectura de estudio

Mapa del tema

tiene pregunta de repaso resto

81 artículos en 6 partes. Cada cuadro es un artículo; los que están en esta página llevan a él.

TÍTULO PRELIMINAR

18 artículos

  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5
  • 6
  • 7
  • 8
  • 9
  • 10
  • 11
  • 12
  • 13
  • 14
  • 15
  • 16
  • 17
  • 18

TÍTULO I

13 artículos

  • 19
  • 20
  • 21
  • 22
  • 23
  • 24
  • 25
  • 26
  • 27
  • 28
  • 29
  • 30
  • 31

TÍTULO II

9 artículos

  • 32
  • 33
  • 34
  • 35
  • 36
  • 37
  • 38
  • 39
  • 40

TÍTULO III

9 artículos

  • 41
  • 42
  • 43
  • 44
  • 45
  • 46
  • 47
  • 48
  • 49

TÍTULO IV

19 artículos

  • 50
  • 51
  • 52
  • 53
  • 54
  • 55
  • 56
  • 57
  • 58
  • 59
  • 60
  • 61
  • 62
  • 63
  • 64
  • 65
  • 66
  • 67
  • 68

Disposiciones

13 artículos

  • DA 1ª
  • DA 2ª
  • DA 3ª
  • DA 4ª
  • DA 5ª
  • DA 6ª
  • DA 7ª
  • DA 8ª
  • DT 1ª
  • DT 2ª
  • DT 3ª
  • DD
  • DF

Los cuadros más claros están en el tema entero, que se lee gratis con tu cuenta. Crea tu cuenta gratis y léelo entero

Test del tema 5 · gratis

Ponte a prueba con este tema

10 preguntas, gratis y sin registrarte. Al terminar ves tu nota y las respuestas correctas.

TÍTULO PRELIMINAR

Disposiciones generales

CAPÍTULO I

Del ámbito de aplicación de la ley

Artículo 1. Objeto.

La presente ley tiene por objeto la regulación del régimen jurídico propio de las subvenciones cuyo establecimiento y gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, organismos y demás entidades vinculadas o dependientes de la misma, así como también a las entidades locales de Galicia, incluidos los organismos y entidades dependientes de las mismas.

Artículo 2. Concepto.

1. Se entiende por subvención, a los efectos de la presente ley, toda disposición dineraria realizada por la Administración de la Comunidad Autónoma, o por una entidad vinculada o dependiente de ella, a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:

a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.

b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.

c) Que el proyecto, la acción, la conducta o la situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o la promoción de una finalidad pública.

2. No tienen el carácter de subvenciones:

a) Las prestaciones previstas en el artículo 2.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, destinadas a personas físicas, y las prestaciones autonómicas y municipales de naturaleza similar a estas o de carácter asistencial.

b) Los beneficios fiscales a favor de los usuarios de bienes y de servicios públicos aplicables en los precios correspondientes.

c) Las aportaciones dinerarias a favor de otras administraciones y a favor de organismos y entidades dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma sometidos al ordenamiento autonómico destinadas a financiar global o parcialmente su actividad con carácter indiferenciado.

d) Las aportaciones dinerarias a favor de otras administraciones públicas o de sus entidades dependientes, establecidas mediante norma legal o reglamentaria y destinadas a financiar actividades de su competencia o impuestas por una norma emanada de la administración otorgante.

3. Serán de aplicación los preceptos de la presente ley a los actos o negocios jurídicos que de acuerdo con su verdadera naturaleza impliquen la concesión de subvenciones con arreglo a lo dispuesto en el apartado primero de este artículo, con independencia de la forma o denominación que le hubieran dado las partes.

Se modifica la letra a) del apartado 2 por el art. 29 de la Ley 4/2021, de 28 de enero. Ref. BOE-A-2021-4633

Sigue leyendo el tema completo

Este tema tiene 147.182 caracteres de texto legal. Con una cuenta gratuita lo lees entero, sin pagar nada.

El test de 10 preguntas de este tema es gratis y no pide cuenta. Hacerlo ahora

Crea tu cuenta gratis y léelo entero

Practica este tema

Preguntas de nuestro banco sobre este tema, cada una con el artículo en el que se apoya. Son distintas de las del test gratis.

  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿En qué plazo máximo se emitirá el informe del Instituto Energético de Galicia previsto en el artículo 4.3?

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 6.3, ¿dónde se publicarán las bases reguladoras de cada tipo de subvención?

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿Cuál de las siguientes entidades podrá actuar como entidad colaboradora de las subvenciones concedidas por la Comunidad Autónoma de Galicia, según el artículo 9.3?

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 10.5, en defecto de sentencia o resolución firme que determine el alcance de la prohibición contenida en las letras a) y h) del apartado 2, ¿cuál es el límite máximo que puede alcanzar dicha prohibición?

  5. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 9.1, ¿qué característica define a una entidad colaboradora respecto de los fondos públicos recibidos?

De dónde sale este tema
  • Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

    68 artículos (del 1 al 68)

    Cubre: Título preliminar · Título I · Título II · Título III · Título IV

¿Te ha gustado estudiar así?

El tema entero se lee gratis con tu cuenta. Con la suscripción tienes, además, todos los temas con su test:

  • tests ilimitados y simulacros
  • los exámenes oficiales, tal y como cayeron
  • tu progreso por bloque y tus fallos guardados para repasarlos

8,99€4,99€/mes

Cada cobro hasta el 15 de diciembre. Después, 8,99€/mes. Sin permanencia.

Empezar por 4,99€/mes