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Tema 24 · Administrativo del Estado — especialidad Tráfico (promoción interna)

Movilidad sostenible. Los vehículos como fuente de contaminación ambiental. Precauciones a adoptar para evitar la…

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Movilidad sostenible. Los vehículos como fuente de contaminación ambiental. Precauciones a adoptar para evitar la contaminación. La conducción eficiente: concepto, ventajas y técnicas de conducción eficiente. Las nuevas formas de movilidad urbana: tipos, retos y convivencia con los otros usuarios de las vías públicas.

Movilidad sostenible. Los vehículos como fuente de contaminación ambiental. Precauciones a adoptar para evitar la contaminación. La conducción eficiente: concepto, ventajas y técnicas de conducción eficiente. Las nuevas formas de movilidad urbana: tipos, retos y convivencia con los otros usuarios de las vías públicas.

Reglamento General de Circulación — TÍTULO III: Otras normas de circulación

Artículo 114. Puertas.

1. Se prohíbe llevar abiertas las puertas del vehículo, abrirlas antes de su completa inmovilización y abrirlas o apearse de aquél sin haberse cerciorado previamente de que ello no implica peligro o entorpecimiento para otros usuarios, especialmente cuando se refiere a conductores de bicicletas (artículo 45 del texto articulado).

2. Como norma general, se entrará y saldrá del vehículo por el lado más próximo al borde de la vía y sólo cuando aquél se halle parado.

3. Toda persona no autorizada se abstendrá de abrir las puertas de los vehículos destinados al transporte colectivo de viajeros, así como cerrarlas en las paradas, entorpeciendo la entrada de viajeros.

Artículo 115. Apagado de motor.

1. Aun cuando el conductor no abandone su puesto, deberá parar el motor siempre que el vehículo se encuentre detenido en el interior de un túnel o en lugar cerrado y durante la carga de combustible (artículo 46 del texto articulado).

2. Todo conductor que se vea obligado a permanecer con su vehículo detenido en el interior de un túnel u otro lugar cerrado, por un período de tiempo superior a dos minutos, deberá interrumpir el funcionamiento del motor hasta que pueda proseguir la marcha, conservando encendido el alumbrado de posición.

3. Para cargar combustible en el depósito de un vehículo, éste debe hallarse con el motor parado.

Los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos últimos no podrán facilitar los combustibles para su carga si no está parado el motor y apagadas las luces de los vehículos, los sistemas eléctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles.

4.

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