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Tema 3 · Policía Nacional (Escala Ejecutiva - Inspector)

La nacionalidad: concepto, adquisición y pérdida. La doble nacionalidad. Refugiados y apátridas. La vecindad civil: concepto, adquisición y pérdida. El domicilio: concepto y clases. La ausencia y la desaparición de la persona. La muerte de la persona: premoriencia y conmoriencia.

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TÍTULO PRIMERO: De los españoles y extranjeros

12 artículos

TÍTULO III: Del domicilio

2 artículos

  • 40
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TÍTULO VIII: De la ausencia

18 artículos

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TÍTULO PRIMERO: De los españoles y extranjeros

Artículo 17.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. Son españoles de origen:

a) Los nacidos de padre o madre españoles.

b) Los nacidos en España de padres extranjeros si, al menos, uno de ellos hubiera nacido también en España. Se exceptúan los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España.

c) Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.

d) Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. A estos efectos, se presumen nacidos en territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español.

2. La filiación o el nacimiento en España, cuya determinación se produzca después de los dieciocho años de edad, no son por sí solos causa de adquisición de la nacionalidad española. El interesado tiene entonces derecho a optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a contar desde aquella determinación.

Se modifica por el art. único de la Ley 18/1990, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-1990-30520 .

Se modifica por el art. único de la Ley 51/1982, de 13 de julio. Ref. BOE-A-1982-19493 .

Se modifica por el art. 1 de la Ley de 15 de julio de 1954. Ref. BOE-A-1954-10882 .

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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

Según el artículo 17.2 del Código Civil, cuando la filiación o el nacimiento en España se determine después de los dieciocho años de edad, ¿qué derecho tiene el interesado?

Artículo 18.

La posesión y utilización continuada de la nacionalidad española durante diez años, con buena fe y basada en un título inscrito en el Registro Civil, es causa de consolidación de la nacionalidad, aunque se anule el título que la originó.

Se modifica por el art. único de la Ley 18/1990, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-1990-30520 .

Se modifica por el art. único de la Ley 51/1982, de 13 de julio. Ref. BOE-A-1982-19493 .

Se modifica por el art. 1 de la Ley de 15 de julio de 1954. Ref. BOE-A-1954-10882 .

Artículo 19.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. El extranjero menor de dieciocho años adoptado por un español adquiere, desde la adopción, la nacionalidad española de origen.

2. Si el adoptado es mayor de dieciocho años, podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, si de acuerdo con el sistema jurídico del país de origen el menor adoptado mantiene su nacionalidad, ésta será reconocida también en España.

Se añade el apartado 3 por el art. 2.2 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2015-8470#asegundo .

Se modifica por el art. único de la Ley 18/1990, de 17 de diciembre. Ref. BOE-A-1990-30520 .

Se modifica por el art. único de la Ley 51/1982, de 13 de julio. Ref. BOE-A-1982-19493 .

Se modifica el párrafo segundo por el art. 2 del Real Decreto-ley 33/1978, de 16 de noviembre. Ref. BOE-A-1978-28627 .

Se modifica por el art. 2 de la Ley 14/1975, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-1975-9245 .

Se modifica por el art. 1 de la Ley de 15 de julio de 1954. Ref. BOE-A-1954-10882 .

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Según el artículo 19 del Código Civil, el extranjero menor de dieciocho años adoptado por un español adquiere la nacionalidad española:

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    El artículo 21 del Código Civil regula la adquisición de la nacionalidad española. ¿Cómo se otorga la carta de naturaleza?

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 25.1 del Código Civil, ¿en qué supuesto pierden la nacionalidad española los españoles que no sean de origen?

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 24.1 del Código Civil, ¿qué nacionalidades no son suficientes para producir la pérdida de la nacionalidad española de origen?

De dónde sale este tema
  • Código Civil

    LIBRO PRIMERO — Título primero: De los españoles y extranjeros · LIBRO PRIMERO — Título III: Del domicilio · LIBRO PRIMERO — Título VIII: De la ausencia

    32 artículos (del 17 al 198)

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