Artículo 1. Objeto de la Ley.
La presente ley tiene por objeto:
a) Promover y garantizar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el derecho universal de todas las personas a las prestaciones y servicios del Sistema Público de Servicios Sociales, en condiciones de igualdad, con el fin de alcanzar su pleno desarrollo individual y social.
b) Ordenar y regular, a los efectos previstos en el párrafo anterior, el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía de tal manera que se garantice el acceso universal a los servicios y prestaciones en los términos y condiciones establecidos en esta ley y en las que completen la regulación de dicho acceso.
c) Ordenar y regular el acceso a las prestaciones garantizadas del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía como derecho subjetivo, dentro del marco de los requisitos de acceso específicos que se regulen para cada prestación o servicio.
d) Ordenar y regular el papel de la iniciativa privada en materia de servicios sociales, estableciendo el marco normativo general de su actividad, así como las condiciones para su participación en el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
e) Garantizar el desarrollo de los instrumentos y medidas necesarias para que los servicios sociales se presten en las mejores condiciones de calidad y con la mayor eficiencia en el uso de los recursos.
Artículo 2. Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. El Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía tiene por objeto la protección y la adecuada cobertura de las necesidades sociales, derivadas de la interacción de las personas con su entorno, sea este grupal o comunitario.
2. Las necesidades sociales que concretan este objeto de atención son: las carencias de las personas en el acceso a unos recursos que garanticen unas condiciones de vida dignas; contar con un adecuado entorno de convivencia personal, familiar y social; poder integrarse plenamente en la sociedad; alcanzar la plena autonomía personal, tanto en lo relativo a las carencias materiales como a las funcionales, y disponer de cauces para la participación social.
3. El Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía garantiza su objetivo mediante el acceso a un conjunto de prestaciones y servicios contemplados en el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
4. El Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía fomentará la solidaridad social, la cooperación, la autoayuda y el voluntariado como un complemento necesario para la efectividad de las prestaciones y servicios.
5. El Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía constituye una red integrada de responsabilidad y control público de atención, cuya finalidad es favorecer la integración social, la igualdad de oportunidades, la autonomía personal, la convivencia y la participación social y el bienestar social de todas las personas, familias y grupos, desarrollando una función promotora, preventiva, protectora y asistencial.
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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
¿Mediante qué instrumento el Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía garantiza su objetivo, según el artículo 2.3?
Respuesta correcta: a) Mediante el acceso a un conjunto de prestaciones y servicios contemplados en el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
Se apoya en el artículo 2.3 de Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.
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