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Tema 134 · Inspector de Hacienda del Estado

IRPF (VI): Deducciones de la cuota. Cuota diferencial. Tributación familiar. Retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.

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TÍTULO VI: Cálculo del impuesto estatal

9 artículos

TÍTULO VIII: Cuota diferencial

5 artículos

  • 79
  • 80
  • 80 bis
  • 81
  • 81 bis

TÍTULO IX: Tributación familiar

3 artículos

  • 82
  • 83
  • 84

TÍTULO XI: Gestión del impuesto

10 artículos

  • 96
  • 97
  • 98
  • 99
  • 100
  • 101
  • 102
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VI

TÍTULO VI: Cálculo del impuesto estatal

Artículo 62. Cuota íntegra estatal.

La cuota íntegra estatal será la suma de las cantidades resultantes de aplicar los tipos de gravamen, a los que se refieren los artículos 63 y 66 de esta Ley, a las bases liquidables general y del ahorro, respectivamente.

Artículo 63. Escala general del Impuesto.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. La parte de la base liquidable general que exceda del importe del mínimo personal y familiar a que se refiere el artículo 56 de esta Ley será gravada de la siguiente forma:

1.º A la base liquidable general se le aplicarán los tipos que se indican en la siguiente escala:

Base liquidable

–

Hasta euros

Cuota íntegra

–

Euros

Resto base liquidable

–

Hasta euros

Tipo aplicable

–

Porcentaje

0,00

0,00

12.450,00

9,50

12.450,00

1.182,75

7.750,00

12,00

20.200,00

2.112,75

15.000,00

15,00

35.200,00

4.362,75

24.800,00

18,50

60.000,00

8.950,75

240.000,00

22,50

300.000,00

62.950,75

En adelante

24,50

2.º La cuantía resultante se minorará en el importe derivado de aplicar a la parte de la base liquidable general correspondiente al mínimo personal y familiar, la escala prevista en el número 1.º anterior.

2. Se entenderá por tipo medio de gravamen general estatal el derivado de multiplicar por 100 el cociente resultante de dividir la cuota obtenida por la aplicación de lo previsto en el apartado anterior por la base liquidable general. El tipo medio de gravamen general estatal se expresará con dos decimales.

Se modifica el apartado 1, con efectos desde 1 de enero de 2021, por el art. 58 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17339#a5-10

Se modifica el apartado 1 por el art. 1.39 de la Ley 26/2014, de 27 de noviembre. Ref. BOE-A-2014-12327 .

Se modifica el apartado 1, con efectos desde 1 de enero de 2011, por el art. 62.1 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-19703 .

Se modifica el apartado 1, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2010 por el art. 68.1 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20765

Se modifica por la disposición final 2.4 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20375

Esta modificación entra en vigor y surte efectos desde el 1 de enero de 2010, según establece la disposición final 5.

Se modifica el apartado 1, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2009 por el art. 67.1 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-20744

Se modifica el apartado 1, con vigencia exclusiva para el ejercicio 2008 por el art. 67.1 de la Ley 51/2007, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2007-22295

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Conforme al artículo 63.1.2.º de la Ley del IRPF, la cuantía resultante de aplicar la escala a la base liquidable general se minora en el importe derivado de aplicar la misma escala a:

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 63.1 de la Ley del IRPF, el último tramo de la escala general del Impuesto aplicable a la base liquidable general grava a partir de 300.000,00 euros con un tipo del:

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el artículo 66.2 de la Ley del IRPF, el primer tramo de la escala del ahorro aplicable a los residentes en el extranjero grava hasta 6.000 euros con un tipo aplicable del:

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el artículo 66.1 de la Ley del IRPF, el primer tramo de la escala del ahorro grava hasta 6.000 euros de base liquidable del ahorro con un tipo aplicable del:

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 66.2 de la Ley del IRPF, el último tramo de la escala del ahorro aplicable a los residentes en el extranjero grava a partir de 300.000 euros con un tipo del:

De dónde sale este tema
  • Ley del IRPF

    Título VI: Cálculo del impuesto estatal · Título VIII: Cuota diferencial · Título IX: Tributación familiar · Título XI: Gestión del impuesto

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