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Tema 17 · Técnico de Hacienda

Las obligaciones mercantiles: Características generales. Los contratos mercantiles: Concepto y clases. Perfección, forma y prueba de los contratos mercantiles. Influencia de la alteración de las circunstancias en los contratos mercantiles. La prescripción en el Derecho Mercantil.

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Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías

Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías · 80 artículos

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Disposiciones

Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías · 16 artículos

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CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto.

El objeto de la presente ley es la regulación del contrato de transporte terrestre de mercancías realizado por medios mecánicos con capacidad de tracción propia.

Artículo 2. Definición y régimen jurídico del contrato.

1. El contrato de transporte de mercancías es aquél por el que el porteador se obliga frente al cargador, a cambio de un precio, a trasladar mercancías de un lugar a otro y ponerlas a disposición de la persona designada en el contrato.

2. El contrato de transporte terrestre de mercancías se regirá por los Tratados internacionales vigentes en España de acuerdo con su ámbito respectivo, las normas de la Unión Europea y las disposiciones de esta ley. En lo no previsto serán de aplicación las normas relativas a la contratación mercantil.

Artículo 3. Naturaleza dispositiva de la normativa.

Salvo expresa estipulación contraria de esta ley o de la legislación especial aplicable, las partes podrán excluir determinados contenidos de esta ley mediando el correspondiente pacto. También podrá ser así, respecto de las condiciones generales de los contratos de transportes cuando sus obligaciones resulten más beneficiosas para el adherente.

Artículo 4. Sujetos.

1. Cargador es quien contrata en nombre propio la realización de un transporte y frente al cual el porteador se obliga a efectuarlo.

2. Porteador es quien asume la obligación de realizar el transporte en nombre propio con independencia de que lo ejecute por sus propios medios o contrate su realización con otros sujetos.

3. Destinatario es la persona a quien el porteador ha de entregar las mercancías en el lugar de destino.

4. Expedidor es el tercero que por cuenta del cargador haga entrega de las mercancías al transportista en el lugar de recepción de la mercancía.

Artículo 5. Contratación del transporte en nombre propio.

1. Los contratos de transporte de mercancías se presuponen celebrados en nombre propio. Excepcionalmente podrá alegarse la contratación en nombre ajeno cuando se acredite que así se había hecho constar de forma expresa y suficiente en el momento de contratar, indicado la identidad de la persona en cuyo nombre se contrata, y que la intermediación se realizó con carácter gratuito.

2. Los empresarios transportistas, las cooperativas de trabajo asociado dedicadas al transporte, las cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización de transportes, los operadores y agencias de transporte, los transitarios, los almacenistas-distribuidores, los operadores logísticos, así como cualesquiera otros que contraten habitualmente transportes o intermedien habitualmente en su contratación, sólo podrán contratarlos en nombre propio.

3. La relación de las cooperativas de transportistas y sociedades de comercialización de transporte con el socio transportista que efectivamente realice el transporte se regirá por lo que al respecto se encuentre determinado en los estatutos de cada cooperativa o sociedad, sin que lo dispuesto en dichos estatutos pueda implicar, en ningún caso, la inaplicación de lo dispuesto en la presente ley en los contratos celebrados por la cooperativa o sociedad de que se trate con terceros.

Los socios de las cooperativas de trabajo asociado dedicadas al transporte sólo podrán contratar transportes en nombre de la cooperativa a la que pertenecen, quedando ésta obligada como porteador frente al cargador con quien contraten aquéllos.

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al art. 62, las obligaciones mercantiles que no tuvieren término prefijado serán exigibles:

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el art. 51, la correspondencia telegráfica en los contratos mercantiles:

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al art. 249, se entenderá aceptada la comisión:

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    De acuerdo con el art. 284, los factores negociarán y contratarán:

  5. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el art. 247, si el comisionista contratare en nombre del comitente:

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  • Código de Comercio

    LIBRO PRIMERO — Título IV: Disposiciones generales sobre los contratos de comercio · LIBRO II — Título III: De la comisión mercantil · LIBRO II — Título IV: Del depósito mercantil · LIBRO II — Título V: De los préstamos mercantiles · LIBRO II — Título VI: De la compraventa y permuta mercantiles y de la transferencia de créditos no endosables

    119 artículos (del 50 al 348)
  • Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías.

    80 artículos (del 1 al 79)

    Cubre: Capítulo I · Capítulo II · Capítulo III · Capítulo IV · Capítulo V · Capítulo VI · Capítulo VII · Capítulo VIII · y 1 más

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