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Tema 209 · Acceso a la Carrera Judicial y Fiscal (Juez/Fiscal)

La contestación a la demanda y otras actitudes del demandado. Excepciones y sus clases. Reconvención. Rebeldía.

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CAPÍTULO II: De la audiencia previa al juicio

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CAPÍTULO I: De las alegaciones iniciales

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CAPÍTULO II: De la audiencia previa al juicio

Artículo 414. Finalidad, momento procesal y sujetos intervinientes en la audiencia.✍️ Tiene pregunta de repaso

1. Una vez contestada la demanda y, en su caso, la reconvención, o transcurridos los plazos correspondientes, el letrado o letrada de la Administración de Justicia, dentro del tercer día, convocará a las partes a una audiencia, que habrá de celebrarse en el plazo de veinte días desde la convocatoria.

La audiencia tendrá por objeto intentar que las partes puedan alcanzar un acuerdo o transacción que ponga fin al proceso, examinar las cuestiones procesales que pudieran obstar a la prosecución de éste y a su terminación mediante sentencia sobre su objeto, fijar con precisión dicho objeto y los extremos, de hecho o de derecho, sobre los que exista controversia entre las partes y, en su caso, proponer y admitir la prueba.

2. Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.

Las partes y sus representantes procesales deberán comparecer por videoconferencia o mediante la utilización de medios electrónicos para la reproducción del sonido y, en su caso, de la imagen, con los requisitos establecidos en el artículo 137 bis, cuando el tribunal lo acordase de oficio o a instancia de alguna de las partes.

Al efecto del intento de arreglo o transacción, cuando las partes no concurrieren personalmente sino a través de su procurador o procuradora, habrán de otorgar a éste o ésta poder para renunciar, allanarse o transigir. Si no concurrieren personalmente ni otorgaren aquel poder, se les tendrá por no comparecidos a la audiencia.

3. Si no compareciere a la audiencia ninguna de las partes, se levantará acta haciéndolo constar y el tribunal, sin más trámites, dictará auto de sobreseimiento del proceso, ordenando el archivo de las actuaciones.

También se sobreseerá el proceso si a la audiencia sólo concurriere el demandado y no alegare interés legítimo en que continúe el procedimiento para que se dicte sentencia sobre el fondo. Si fuere el demandado quien no concurriere, la audiencia se entenderá con el actor en lo que resultare procedente.

4. Cuando faltare a la audiencia el abogado del demandante, se sobreseerá el proceso, salvo que el demandado alegare interés legítimo en la continuación del procedimiento para que se dicte sentencia sobre el fondo. Si faltare el abogado del demandado, la audiencia se seguirá con el demandante en lo que resultare procedente.

Se modifica el apartado 1, con efectos de 3 de abril de 2025, por el art. 22.31 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. Ref. BOE-A-2025-76#a2-4

Se modifica el apartado 2 por el art. 103.70 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-25758#a1-15

Esta modificación entra en vigor el 20 de marzo de 2024, según establece la disposición final 9.2 del citado Real Decreto-ley.

Se modifican las referencias a "Secretarios judiciales" por la disposición adicional 1 de la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio. Ref. BOE-A-2015-8167#daprimera

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 3.10 de la Ley 5/2012, de 6 de julio. Ref. BOE-A-2012-9112 .

Se modifica el apartado 1 por la disposición final 2.10 del Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo. Ref. BOE-A-2012-3152 .

Se modifica el apartado 1 por el art. 15.174 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-17493

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De acuerdo con el artículo 414.2, ¿en qué condiciones se tendrán por no comparecidas a las partes en la audiencia a efectos del intento de arreglo o transacción?

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 423.3, si el procedimiento adecuado fuese el del juicio verbal, al declararlo así el tribunal dispondrá que el Letrado de la Administración de Justicia cite a las partes para la vista, salvo:

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el artículo 424.2, en caso de no formularse aclaraciones y precisiones sobre los defectos de la demanda, el tribunal decretará el sobreseimiento del pleito:

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    De acuerdo con el artículo 421.1, cuando el tribunal aprecie la pendencia de otro juicio o la existencia de resolución firme sobre objeto idéntico:

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 422.1, si la alegación de procedimiento inadecuado formulada en la contestación a la demanda se fundase en disconformidad con el valor de la cosa litigiosa o con el modo de calcular el interés económico de la demanda, el tribunal:

De dónde sale este tema
  • Ley de Enjuiciamiento Civil

    LIBRO II — Título II — Capítulo II: De la audiencia previa al juicio · LIBRO II — Título II — Capítulo I: De las alegaciones iniciales

    32 artículos (del 399 al 430)

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