TÍTULO XI: De la conclusión del sumario y del sobreseimiento
📌 Cifras y plazos de este título
Artículo 622.🎯 Ha caído en examen
Practicadas las diligencias decretadas de oficio o a instancia de parte por el Juez instructor, si éste considerase terminado el sumario, lo declarará así, mandando remitir los autos y las piezas de convicción al Tribunal competente para conocer del delito.
Cuando no haya acusador privado y el Ministerio fiscal considere que en el sumario se han reunido los suficientes elementos para hacer la calificación de los hechos y poder entrar en los trámites del juicio oral, lo hará presente al Juez de instrucción para que, sin más dilaciones, se remita lo actuado al Tribunal competente.
La sustanciación de los recursos de apelación admitidos sólo en un efecto no impedirá nunca la terminación del sumario, después de haber el Juez instructor cumplido lo que preceptúa el artículo 227 de esta Ley, y habérsele participado por el Tribunal superior el recibo del testimonio correspondiente.
En tales casos, al hacer el Secretario judicial la remisión del sumario a la Audiencia, cuidará de expresar los recursos de apelación en un efecto que haya pendientes. En la Audiencia quedará en suspenso la aplicación de los artículos 627 y siguientes hasta que sean resueltas las apelaciones pendientes. Si éstas fueran desestimadas, en cuanto la resolución en que así se acuerde sea firme, continuará la sustanciación de la causa conforme a los artículos citados; y si se diera lugar a alguna apelación, se revocará sin más trámite el auto del Juez declarando concluso el sumario y el Secretario judicial le devolverá éste con testimonio del auto resolutorio de la apelación, para la práctica de las diligencias que sean consecuencia de tal resolución.
Se modifica el párrafo cuarto por el art. 2.71 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-17493 .
🎯 Cayó en el examen oficial de 2018
El artículo 622 de la LECrim señala que practicadas las diligencias decretadas de oficio o a instancia de parte por el Juez instructor, si éste considerase terminado el sumario:
Respuesta que dio por buena el tribunal: a) Lo declarará así, mandando remitir los autos y las piezas de convicción al Tribunal competente para conocer del delito.
Artículo 622 · ver el examen entero
¿Te atreves con la pregunta de este artículo? →
✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
Conforme al artículo 622, si se diera lugar a alguna de las apelaciones pendientes admitidas sólo en un efecto, ¿qué actuación procederá?
Respuesta correcta: b) Se revocará sin más trámite el auto del Juez declarando concluded el sumario, devolviéndose éste con testimonio del auto resolutorio.
Se apoya en el artículo 622 de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 623.
Tanto en uno como en otro caso se notificará el auto de conclusión del sumario al querellante particular, si lo hubiere, aun cuando sólo tenga el carácter de actor civil, al procesado y a las demás personas contra quienes resulte responsabilidad civil, emplazándoles para que comparezcan ante la respectiva Audiencia en el término de diez días, o en el de quince si el emplazamiento fuese ante el Supremo. A la vez se pondrá en conocimiento del Ministerio fiscal cuando la causa verse sobre delito en que tenga intervención por razón de su cargo.
Sigue leyendo el tema completo
Este tema tiene 36.261 caracteres de texto legal. Con una cuenta gratuita lo lees entero, sin pagar nada.
El test de 10 preguntas de este tema es gratis y no pide cuenta. Hacerlo ahora
Crea tu cuenta gratis y léelo entero