TÍTULO X: De la mayor edad y de la emancipación
📌 Cifras y plazos de este título
Artículo 239.
La emancipación tiene lugar:
1.º Por la mayor edad.
2.º Por concesión de los que ejerzan la patria potestad.
3.º Por concesión judicial.
Se modifica, con efectos de 3 de septiembre de 2021, por el art. 2.22 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Ref. BOE-A-2021-9233#as
Se modifica por el art. 2.26 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2015-8470#asegundo .
Se añade un párrafo por el art. 9.3 de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre. Ref. BOE-A-2003-21053 .
Se modifica por el art. 5 de la Ley 21/1987, de 11 de noviembre. Ref. BOE-A-1987-25627 .
Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123 .
Artículo 239 bis.✍️ Tiene pregunta de repaso
La Entidad Pública a la que en el respectivo territorio esté encomendada la protección y apoyo de las personas con la capacidad modificada judicialmente, será designada como tutora cuando no haya sido constituida la tutela en favor de persona alguna conforme al artículo 234.
Asimismo, asumirá por ministerio de la ley la tutela de las personas con la capacidad modificada judicialmente cuando se encuentren en situación de desamparo, debiendo dar cuenta a la autoridad judicial que modificó su capacidad.
Se considera como situación de desamparo a estos efectos, la que se produce de hecho cuando la persona con la capacidad modificada judicialmente quede privada de la necesaria asistencia a causa del incumplimiento o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes que incumben a la persona designada para ejercer la tutela, de conformidad a las leyes, o por carecer de tutor.
Se añade por el art. 2.27 de la Ley 26/2015, de 28 de julio. Ref. BOE-A-2015-8470#asegundo .
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De acuerdo con el artículo 239 bis, ¿en qué situación la Entidad Pública asume por ministerio de la ley la tutela de las personas con la capacidad modificada judicialmente?
Respuesta correcta: c) Cuando se encuentren en situación de desamparo, debiendo dar cuenta a la autoridad judicial que modificó su capacidad.
Se apoya en el artículo 239 bis de Código Civil.
Artículo 240.✍️ Tiene pregunta de repaso
La mayor edad empieza a los dieciocho años cumplidos.
Para el cómputo de los años de la mayoría de edad se incluirá completo el día del nacimiento.
Se modifica, con efectos de 3 de septiembre de 2021, por el art. 2.22 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Ref. BOE-A-2021-9233#as
Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123 .
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Conforme al artículo 240, para el cómputo de los años de la mayoría de edad:
Respuesta correcta: d) Se incluirá completo el día del nacimiento.
Se apoya en el artículo 240 de Código Civil.
Artículo 241.
Para que tenga lugar la emancipación por concesión de quienes ejerzan la patria potestad, se requiere que el menor tenga dieciséis años cumplidos y que la consienta. Esta emancipación se otorgará por escritura pública o por comparecencia ante el encargado del Registro Civil.
Se modifica, con efectos de 3 de septiembre de 2021, por el art. 2.22 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Ref. BOE-A-2021-9233#as
Se modifica por el art. 1 de la Ley 13/1983, de 24 de octubre. Ref. BOE-A-1983-28123 .
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