TÍTULO IX: De las fianzas y embargos
📌 Cifras y plazos de este título
Artículo 589.
Cuando del sumario resulten indicios de criminalidad contra una persona, se mandará por el Juez que preste fianza bastante para asegurar las responsabilidades pecuniarias que en definitiva puedan declararse procedentes, decretándose en el mismo auto el embargo de bienes suficientes para cubrir dichas responsabilidades si no prestare la fianza.
La cantidad de ésta se fijará en el mismo auto y no podrá bajar de la tercera parte más de todo el importe probable de las responsabilidades pecuniarias.
Artículo 590.
Todas las diligencias sobre fianzas y embargos se instruirán en pieza separada.
Artículo 591.✍️ Tiene pregunta de repaso
La fianza podrá ser personal, pignoraticia o hipotecaria, o mediante caución que podrá constituirse en dinero efectivo, mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o por cualquier medio que, a juicio del Juez o Tribunal, garantice la inmediata disponibilidad, en su caso, de la cantidad de que se trate.
Se modifica por el art. 2.65 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre. Ref. BOE-A-2009-17493 .
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Conforme al artículo 591, ¿qué modalidades de fianza se contemplan, entre otras, para asegurar las responsabilidades pecuniarias?
Respuesta correcta: d) Fianza personal, pignoraticia o hipotecaria, o caución que podrá constituirse en dinero efectivo, mediante aval u otro medio que garantice la inmediata disponibilidad.
Se apoya en el artículo 591 de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 592.✍️ Tiene pregunta de repaso
Podrá ser fiador personal todo español de buena conducta y avecindado dentro del territorio del Tribunal que esté en el pleno goce de los derechos civiles y políticos y venga pagando con tres años de anticipación una contribución que, a juicio del instructor, corresponda a la propiedad de bienes o al ejercicio de industria, suficientes para acreditar su arraigo y su solvencia para el pago de las responsabilidades que eventualmente puedan exigirse.
No se admitirá como fiador al que lo sea o hubiese sido de otro hasta que esté cancelada la primera fianza, a no ser que tenga, a juicio del Juez o Tribunal, responsabilidad notoria para ambas.
Cuando se declare bastante la fianza personal, se fijará también la cantidad de que el fiador ha de responder.
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De conformidad con el artículo 592, ¿qué requisitos debe reunir quien sea fiador personal en un proceso penal?
Respuesta correcta: a) Español de buena conducta y avecindado dentro del territorio del Tribunal, en pleno goce de los derechos civiles y políticos, que venga pagando con tres años de anticipación una contribución correspondiente a la propiedad de bienes o al ejercicio de industria suficientes.
Se apoya en el artículo 592 de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Artículo 593.
La fianza hipotecaria podrá sustituirse por otra en metálico, efectos públicos, o valores y demás muebles de los enumerados en el artículo 591, en la siguiente proporción: El valor de los bienes de la hipoteca será doble que el del metálico señalado para la fianza, y una cuarta parte más que éste el de los efectos o valores al precio de cotización. Si la sustitución se hiciere por cualesquiera otros muebles dados en prenda, deberá ser el valor de éstos doble que el de la fianza constituida en metálico.
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