TÍTULO VII: Personal al servicio de las Entidades locales
Artículo 89.✍️ Tiene pregunta de repaso
El personal al servicio de las entidades locales estará integrado por funcionarios de carrera, contratados en régimen de derecho laboral y personal eventual que desempeña puestos de confianza o asesoramiento especial.
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Según el artículo 89, el personal al servicio de las entidades locales estará integrado por:
Respuesta correcta: d) Funcionarios de carrera, contratados en régimen de derecho laboral y personal eventual que desempeña puestos de confianza o asesoramiento especial.
Se apoya en el artículo 89 de Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 90.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. Corresponde a cada Corporación local aprobar anualmente, a través del Presupuesto, la plantilla, que deberá comprender todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y eventual.
Las plantillas deberán responder a los principios de racionalidad, economía y eficiencia y establecerse de acuerdo con la ordenación general de la economía, sin que los gastos de personal puedan rebasar los límites que se fijen con carácter general.
2. Las Corporaciones locales formarán la relación de todos los puestos de trabajo existentes en su organización, en los términos previstos en la legislación básica sobre función pública.
Corresponde al Estado establecer las normas con arreglo a las cuales hayan de confeccionarse las relaciones de puestos de trabajo, la descripción de puestos de trabajo tipo y las condiciones requeridas para su creación, así como las normas básicas de la carrera administrativa, especialmente por lo que se refiere a la promoción de los funcionarios a niveles y grupos superiores.
3. Las Corporaciones locales constituirán Registros de personal, coordinados con los de las demás Administraciones públicas, según las normas aprobadas por el Gobierno. Los datos inscritos en tal Registro determinarán las nóminas, a efectos de la debida justificación de todas las retribuciones.
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De acuerdo con el artículo 90.2, corresponde al Estado establecer las normas para la confección de las relaciones de puestos de trabajo y, especialmente, la promoción de los funcionarios a:
Respuesta correcta: a) Niveles y grupos superiores, en lo que se refiere a las normas básicas de la carrera administrativa.
Se apoya en el artículo 90.2 de Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 91.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. Las Corporaciones locales formarán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal.
2. La selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, debe realizarse de acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre en los que se garanticen, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
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Conforme al artículo 91.2, la selección de todo el personal, sea funcionario o laboral, debe realizarse:
Respuesta correcta: a) De acuerdo con la oferta de empleo público, mediante convocatoria pública y a través del sistema de concurso, oposición o concurso-oposición libre.
Se apoya en el artículo 91.2 de Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 92. Funcionarios al servicio de la Administración local.
1. Los funcionarios al servicio de la Administración local se rigen, en lo no dispuesto en esta Ley, por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por la restante legislación del Estado en materia de función pública, así como por la legislación de las Comunidades Autónomas, en los términos del artículo 149.1.18.ª de la Constitución.
2. Con carácter general, los puestos de trabajo en la Administración local y sus Organismos Autónomos serán desempeñados por personal funcionario.
3. Corresponde exclusivamente a los funcionarios de carrera al servicio de la Administración local el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales. Igualmente son funciones públicas, cuyo cumplimiento queda reservado a funcionarios de carrera, las que impliquen ejercicio de autoridad, y en general, aquellas que en desarrollo de la presente Ley, se reserven a los funcionarios para la mejor garantía de la objetividad, imparcialidad e independencia en el ejercicio de la función.
Se modifica por el art. 1.24 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-13756 .
Se deroga, con el alcance establecido en la disposición final cuarta, por la disposición derogatoria única.e) de la Ley 7/2007, de 12 de abril. Ref. BOE-A-2007-7788#ddunica
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