TÍTULO V: Responsable y encargado del tratamiento
Artículo 28. Obligaciones generales del responsable y encargado del tratamiento.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. Los responsables y encargados, teniendo en cuenta los elementos enumerados en los artículos 24 y 25 del Reglamento (UE) 2016/679, determinarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas que deben aplicar a fin de garantizar y acreditar que el tratamiento es conforme con el citado reglamento, con la presente ley orgánica, sus normas de desarrollo y la legislación sectorial aplicable. En particular valorarán si procede la realización de la evaluación de impacto en la protección de datos y la consulta previa a que se refiere la Sección 3 del Capítulo IV del citado reglamento.
2. Para la adopción de las medidas a que se refiere el apartado anterior los responsables y encargados del tratamiento tendrán en cuenta, en particular, los mayores riesgos que podrían producirse en los siguientes supuestos:
a) Cuando el tratamiento pudiera generar situaciones de discriminación, usurpación de identidad o fraude, pérdidas financieras, daño para la reputación, pérdida de confidencialidad de datos sujetos al secreto profesional, reversión no autorizada de la seudonimización o cualquier otro perjuicio económico, moral o social significativo para los afectados.
b) Cuando el tratamiento pudiese privar a los afectados de sus derechos y libertades o pudiera impedirles el ejercicio del control sobre sus datos personales.
c) Cuando se produjese el tratamiento no meramente incidental o accesorio de las categorías especiales de datos a las que se refieren los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) 2016/679 y 9 y 10 de esta ley orgánica o de los datos relacionados con la comisión de infracciones administrativas.
d) Cuando el tratamiento implicase una evaluación de aspectos personales de los afectados con el fin de crear o utilizar perfiles personales de los mismos, en particular mediante el análisis o la predicción de aspectos referidos a su rendimiento en el trabajo, su situación económica, su salud, sus preferencias o intereses personales, su fiabilidad o comportamiento, su solvencia financiera, su localización o sus movimientos.
e) Cuando se lleve a cabo el tratamiento de datos de grupos de afectados en situación de especial vulnerabilidad y, en particular, de menores de edad y personas con discapacidad.
f) Cuando se produzca un tratamiento masivo que implique a un gran número de afectados o conlleve la recogida de una gran cantidad de datos personales.
g) Cuando los datos personales fuesen a ser objeto de transferencia, con carácter habitual, a terceros Estados u organizaciones internacionales respecto de los que no se hubiese declarado un nivel adecuado de protección.
h) Cualesquiera otros que a juicio del responsable o del encargado pudieran tener relevancia y en particular aquellos previstos en códigos de conducta y estándares definidos por esquemas de certificación.
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Según el artículo 28.1, los responsables y encargados del tratamiento, teniendo en cuenta los elementos enumerados en los artículos 24 y 25 del Reglamento (UE) 2016/679, determinarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar y acreditar que el tratamiento es conforme, entre otras, con:
Respuesta correcta: a) la presente ley orgánica, sus normas de desarrollo y la legislación sectorial aplicable.
Se apoya en el artículo 28.1 de Ley Orgánica de Protección de Datos.
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El artículo 28.2.h) prevé que también se tendrán en cuenta cualesquiera otros supuestos que a juicio del responsable o del encargado pudieran tener relevancia y, en particular, aquellos previstos en:
Respuesta correcta: a) códigos de conducta y estándares definidos por esquemas de certificación.
Se apoya en el artículo 28.2 de Ley Orgánica de Protección de Datos.
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De acuerdo con el artículo 28.2.c), se considera un supuesto de mayor riesgo cuando se produzca el tratamiento no meramente incidental o accesorio de:
Respuesta correcta: c) categorías especiales de datos a las que se refieren los artículos 9 y 10 del Reglamento (UE) 2016/679 o de los datos relacionados con la comisión de infracciones administrativas.
Se apoya en el artículo 28.2 de Ley Orgánica de Protección de Datos.
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