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Tema 47 · Técnico de Gestión (Ayuntamientos)

El impuesto sobre actividades económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y periodo impositivo.

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SECCIÓN 2

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CAPÍTULO V: Precios públicos

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SECCIÓN 3

Artículo 59. Enumeración de impuestos.

1. Los ayuntamientos exigirán, de acuerdo con esta ley y las disposiciones que la desarrollan, los siguientes impuestos:

a) Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

b) Impuesto sobre Actividades Económicas.

c) Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

2. Asimismo, los ayuntamientos podrán establecer y exigir el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, de acuerdo con esta ley, las disposiciones que la desarrollen y las respectivas ordenanzas fiscales.

Artículo 60. Naturaleza.

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles es un tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles en los términos establecidos en esta ley.

Artículo 61. Hecho imponible y supuestos de no sujeción.

1. Constituye el hecho imponible del impuesto la titularidad de los siguientes derechos sobre los bienes inmuebles rústicos y urbanos y sobre los inmuebles de características especiales:

a) De una concesión administrativa sobre los propios inmuebles o sobre los servicios públicos a que se hallen afectos.

b) De un derecho real de superficie.

c) De un derecho real de usufructo.

d) Del derecho de propiedad.

2. La realización del hecho imponible que corresponda de entre los definidos en el apartado anterior por el orden en él establecido determinará la no sujeción del inmueble urbano o rústico a las restantes modalidades en el mismo previstas. En los inmuebles de características especiales se aplicará esta misma prelación, salvo cuando los derechos de concesión que puedan recaer sobre el inmueble no agoten su extensión superficial, supuesto en el que también se realizará el hecho imponible por el derecho de propiedad sobre la parte del inmueble no afectada por una concesión.

3. A los efectos de este impuesto, tendrán la consideración de bienes inmuebles rústicos, de bienes inmuebles urbanos y de bienes inmuebles de características especiales los definidos como tales en las normas reguladoras del Catastro Inmobiliario.

4. En caso de que un mismo inmueble se encuentre localizado en distintos términos municipales se entenderá, a efectos de este impuesto, que pertenece a cada uno de ellos por la superficie que ocupe en el respectivo término municipal.

5. No están sujetos a este impuesto:

a) Las carreteras, los caminos, las demás vías terrestres y los bienes del dominio público marítimo-terrestre e hidráulico, siempre que sean de aprovechamiento público y gratuito para los usuarios.

b) Los siguientes bienes inmuebles propiedad de los municipios en que estén enclavados:

Los de dominio público afectos a uso público.

Los de dominio público afectos a un servicio público gestionado directamente por el ayuntamiento, excepto cuando se trate de inmuebles cedidos a terceros mediante contraprestación.

Los bienes patrimoniales, exceptuados igualmente los cedidos a terceros mediante contraprestación.

Se modifica el apartado 5.a), con efectos desde el 1 de enero de 2013, por el art. 14.2 de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-15650 .

Se modifica el apartado 2 por la disposición adicional 10.1 de la Ley 16/2007, de 4 de julio. Ref. BOE-A-2007-13023 .

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  1. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 64.2, los copartícipes o cotitulares de las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria inscritos en el Catastro Inmobiliario:

  2. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    En el caso de bienes inmuebles de características especiales cuyo contribuyente sea un concesionario, ¿cómo se determina su cuota?

  3. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Conforme al artículo 65, la base imponible del impuesto estará constituida por:

  4. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    ¿Cuál es la duración de la exención aplicable a la superficie de los montes en que se realicen repoblaciones forestales o regeneración de masas arboladas sujetas a proyectos de ordenación o planes técnicos aprobados por la Administración forestal?

  5. ✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas

    Según el artículo 62, los inmuebles de la Cruz Roja Española se encuentran:

De dónde sale este tema
  • Ley Reguladora de las Haciendas Locales

    Título II: Recursos de los municipios — Capítulo II: Tributos propios — Sección 3 · Título II: Recursos de los municipios — Capítulo II: Tributos propios — Sección 2 · Título II: Recursos de los municipios — Capítulo V: Precios públicos

    54 artículos (del 58 al 127)

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