CAPÍTULO I: Instrumentos de ordenación
Artículo 14. Tipos de instrumentos de ordenación.
1. Son instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial de ámbito supramunicipal los siguientes:
a) La Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.
b) Los planes de acción territorial.
c) Los planes generales estructurales mancomunados.
2. Son instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial de ámbito municipal los siguientes:
a) El plan general estructural.
b) En desarrollo del plan general estructural, la ordenación pormenorizada se concreta mediante los siguientes instrumentos:
1.º El plan de ordenación pormenorizada.
2.º Los planes de reforma interior.
3.º Los planes parciales.
4.º Los estudios de detalle.
3. También son instrumentos de ordenación los planes especiales y los catálogos de protecciones.
4. El contenido y documentos de los instrumentos de ordenación se ajustarán a los principios de mínimo contenido necesario, máxima simplificación y proporcionalidad. Solo podrán exigirse aquellos documentos expresamente previstos por una norma con rango de ley.
Se modifica el apartado 3 por el art. 119.5 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1#a1-31
Se modifica el apartado 3 por el art. 113.5 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. Ref. DOGV-r-2024-90142
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