TÍTULO I
Ámbito de aplicación y principios generales
CAPÍTULO I
Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 1. Objeto de la Ley.
Constituye el objeto de esta Ley la regulación del régimen presupuestario, económico-financiero y de contabilidad del sector público de la Comunidad de Castilla y León, así como del control de la gestión económico-financiera realizado por la Intervención General de la Administración de la Comunidad.
Artículo 2. Configuración del sector público autonómico.
1. A los efectos de esta Ley, el sector público autonómico está compuesto por:
a) La Administración General de la Comunidad.
b) El Sector Público Institucional de la Comunidad.
2. El Sector Público Institucional de la Comunidad se integra por:
a) Los Organismos Autónomos y los entes públicos de derecho privado integrantes de la Administración Institucional de la Comunidad.
b) Las empresas públicas de la Comunidad.
c) Las universidades públicas de la Comunidad.
d) Las fundaciones públicas de la Comunidad.
e) Los consorcios adscritos a la Comunidad.
f) El resto de entes e instituciones públicos creados por la Comunidad o dependientes de ella y cualesquiera otras personas jurídicas en las que participe mayoritariamente.
g) Los órganos con dotación diferenciada en los Presupuestos Generales de la Comunidad no incluidos en los apartados anteriores.
Se modifica por el art. 3.1 de la Ley 1/2021, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-2021-4321
Artículo 3. Definición de la Hacienda de la Comunidad.
La Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, a los efectos de esta Ley, está constituida por el conjunto de los derechos y de las obligaciones de contenido económico cuya titularidad corresponde a la Administración General de la Comunidad y a sus organismos autónomos.
Artículo 4. Régimen jurídico aplicable.✍️ Tiene pregunta de repaso
1. El régimen económico y financiero del sector público autonómico es el establecido en esta Ley, sin perjuicio de las especialidades contenidas en normas especiales y de lo establecido en la normativa estatal de general aplicación y en la normativa comunitaria.
2. En particular, se someterán a su normativa específica:
a) El régimen jurídico de las relaciones tributarias, sin perjuicio de las normas establecidas en esta Ley.
b) El régimen jurídico del patrimonio de las entidades que integran el sector público autonómico.
c) El régimen jurídico de las subvenciones otorgadas con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad o a fondos de la Unión Europea.
d) El régimen de la contratación de las entidades integrantes del sector público autonómico.
3. Tendrán carácter supletorio las demás normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho común.
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✍️ Repaso · de nuestro banco de preguntas
De acuerdo con el artículo 4, el régimen jurídico aplicable al sector público autonómico es el establecido en esta Ley, sin perjuicio de:
Respuesta correcta: c) Las especialidades contenidas en normas especiales, la normativa estatal de general aplicación y la normativa comunitaria.
Se apoya en el artículo 4.1.
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